MADRID, 1 (EUROPA PRESS)
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Según ha explicado el departamento que dirige Pilar Llop los registros realizan rectificaciones registrales de nombre y sexo desde 2007 --año en el que entró en vigor la primera ley sobre esta materia-- y la nueva norma solo trae como novedad en el procedimiento una "simplificación del proceso al no tener que presentar las personas interesadas cambio de documentación acreditativa de ningún tipo".
Aún así, han explicado que este miércoles se remitirá una circular, con la información facilitada por el Ministerio de Igualdad, explicando, entre otras cosas, las consecuencias jurídicas de la ley. Se trata, según señala Justicia, de "una información mínima", sin perjuicio de que se vaya a seguir trabajando en su mejora.
Desde Igualdad, por su parte, señalan que, aunque estas tarea informativas corresponden a la Dirección General Seguridad Jurídica y Fe Pública, dependiente del Ministerio de Justicia, desde su Ministerio se han ofrecido en colaboración para que todos los registros puedan tener la información preceptiva que hay que aportar a las personas que acudan a los registros a realizar una rectificación de nombre y sexo.