BRUSELAS, 31 (EUROPA PRESS)
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El caso se remonta a 2018, cuando el Ejecutivo comunitario consideró ilegales tanto el régimen de exenciones del impuesto de sociedades en Gibraltar como cinco marcos fiscales con empresas, entre ellos el establecido por las autoridades del Peñón en 2012 con el MJN GibCo.
En abril de este 2022, sin embargo, el Tribunal General de la UE anuló parcialmente la decisión de Bruselas al concluir que la apertura del procedimiento contra MJN no era lo suficientemente preciso. La Justicia europea sí avaló la decisión de considerar incompatibles con las normas de competencia de la UE el resto de ventajas fiscales consideradas ilegales por el Ejecutivo comunitario en el mismo expediente.
Por ello, los servicios comunitarios han optado por ampliar el alcance de su primera investigación con el fin de "especificar" las razones de su decisión sobre MJN respondiendo a las indicaciones de Luxemburgo y "reevaluar" la información que Reino Unido presentó con respecto al expediente.
El sistema ofrecido a la multinacional en 2012 le permitió evitar tributar por los 'royalties' que recibió a través de una sociedad limitada holandesa de la que MJN en Gibraltar era la principal accionista; una exención que siguió disfrutando más allá de 2014, cuando un cambio legislativo hizo que este tipo de impuestos tuvieran que ser también recaudados en Gibraltar.