MADRID, 17 (EUROPA PRESS)
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La Audiencia Provincial de Madrid ha dado la razón al expresidente del Gobierno Mariano Rajoy al considerar que el Juzgado de Instrucción Número 32 de Madrid debía haber estimado su escrito contra la comisión rogatoria que emitió Andorra a raíz de la querella sobre la 'Operación Cataluña' en la que figura como investigado. Ha precisado, sin embargo, que no puede admitir su recurso de queja porque la juez ya actuó y dio respuesta al Principado, por lo que avala el auxilio judicial brindado a las autoridades andorranas.
En tres autos, a los que ha tenido acceso Europa Press, los magistrados también han dado la razón al exministro del Interior Jorge Fernández Díaz y al exministro de Hacienda Cristóbal Montoro pero se han visto abocados a rechazar los recursos de queja que presentaron porque ya se ha dado trámite a la comisión rogatoria.
Los tres excargos del Ejecutivo habían pedido que se estimara su recurso contra la decisión de la titular del Juzgado de Instrucción Número 32 de Madrid de no admitir los escritos que presentaron contra el auxilio judicial que emitió Andorra el pasado 20 de mayo en el que figuran los tres, además del exsecretario de Estado Francisco Martínez, el exdirector general de la Policía Ignacio Cosidó y los exmandos policiales Eugenio Pino y Bonifacio Díez.
Cabe recordar que la Justicia del Principado investiga a Rajoy, Fernández Díaz y Montoro por presuntos delitos de coacciones, amenazas, chantaje, extorsión, coacciones a órganos constitucionales y creación de documento falso por su supuesta relación con los intentos de conocer "mediante vías ilegales" información bancaria secreta de los expresidentes de la Generalitat Jordi Pujol y Artur Mas, así como del exvicepresidente Oriol Junqueras.
En concreto, los hechos denunciados en las querellas están relacionados con presuntas extorsiones, coacciones y chantaje desde 2014 por parte de agentes de la Policía Nacional a responsables de la Banca Privada d'Andorra (BPA) para conocer "mediante vías ilegales" una información bancaria secreta protegida por la legislación andorrana" de varios gobernantes de Cataluña y sus familiares, entre ellos Pujol, Mas y Junqueras.
Las defensas de Rajoy, de Fernández Díaz y de Montoro alegaron que vieron vulnerados sus derechos porque el Juzgado de Instrucción 32 de Madrid, al dar trámite a la citada rogatoria, no realizó el "previo control de legalidad de conformidad con la legislación nacional y convencional en materia de cooperación internacional".
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CONSIDERA QUE DEBIERON ESTIMARSE LOS RECURSOS
El pasado septiembre, la Fiscalía pidió que se estimara el recurso de Rajoy al considerar que se había vulnerado su "derecho de defensa y los principios constitucionales" al tramitar una comisión rogatoria enviada por las autoridades de Andorra por la querella que se investiga en Andorra.
Ahora, los magistrados de la Audiencia Provincial de Madrid han dado la razón a los ex altos cargos del Gobierno, pero han precisado que el recurso de queja "ha quedado en la práctica sin contenido, puesto que ya se ha cumplimentado el auxilio judicial requerido".
Los magistrados han indicado que la decisión de la juez de tramitar la comisión rogatoria era "susceptible" de ser "cuestionada" por quien pudiera verse afectado y que, por ende, era recurrible. Así las cosas, han concluido que los recursos de Rajoy, Fernández Díaz y Montero debieron "ser admitidos".
YA SE DIO RESPUESTA A LA COMISIÓN ROGATORIA
Ahora bien, la Sección Segunda de la Audiencia de Madrid ha explicado que, en el punto en el que se encuentra el procedimiento, ya no sería posible revocar la decisión de la juez en la que se acuerda practicar "una diligencia ya efectuada y agotada".
Según han señalado, el pasado 14 de julio se unieron al procedimiento las actuaciones realizadas por funcionarios de la Policía para dar cumplimiento a la comisión rogatoria. Además, han subrayado que "consta en el expediente digital" del juzgado una diligencia de ordenación de 20 de julio en la que se dice que "el exhorto ha sido devuelto a las Autoridades Judiciales de Andorra".
Así, los magistrados han insistido en que el recurso de los excargos ha quedado "sin contenido", por lo que han subrayado que lo que procede es inadmitirlos. Aunque han considerado cuestionable cómo se ha tramitado el auxilio judicial de Andorra, han preferido no paralizar el procedimiento.