La Municipalidad de Jesús María derogó la ordenanza Nº 556-MDJM que establecía la prohibición del uso, comercialización, venta o distribución gratuita de sorbetes de plástico en los establecimientos comerciales del distrito.
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Mediante ordenanza Nº 584-MDJM publicada hoy en el Diario Oficial El Peruano, la comuna distrital señaló que la medida responde a la disposición del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi) que declaró como barrera burocrática ilegal dicha prohibición.
La ordenanza detalla que la Comisión de Eliminación de Barreras Burocráticas del Indecopi, a través de la Resolución Nº 0244-2019/CEB-INDECOPI, declaró barrera burocrática ilegal al prohibir el uso, comercialización, venta o distribución gratuita de sorbetes de plástico en los establecimientos comerciales, prestadores de servicios públicos privados y en todo local donde se desarrolle una actividad económica en la jurisdicción del distrito de Jesús María, contenido en el artículo 1º de la Ordenanza Nº 556-MDJM.
En consecuencia, la presente ordenanza dispone encargar a la Gerencia de Gestión Ambiental del municipio de Jesús María la adecuación de la normativa prevista en Ley Nº 30884 que regula el plástico de un solo uso y los recipientes o envases descartables.
Además, encarga a la Procuraduría Pública Municipal derivar la presente a la Gerencia de Estudios Económicos del Indecopi. La ordenanza es firmada por el alcalde de Jesús María, Jorge Luis Quintana Godos.
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