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¿Si disuelven el Congreso, los actuales parlamentarios podrán reelegirse?

El presidente de la República, Martín Vizcarra , anunció que el gobierno ha decidido presentar al Congreso cuestión de confianza respecto a las políticas de Estado de fortalecimiento institucional y lucha contra la corrupción. Si la cuestión de confianza es rechazada, el presidente tiene la potestad de disolver el Congreso.

El artículo 134 también señala que un decreto de disolución contiene la convocatoria a elecciones para un nuevo Congreso. Dichas elecciones se realizan dentro de los cuatro meses de la fecha de disolución, sin que pueda alterarse el sistema electoral preexistente

En enero de este año fue oficializada la ley que prohíbe la reelección inmediata de parlamentarios de la república. ¿Aplica en caso se disuelva el Congreso?

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Rosa María Palacios, quien también es abogada, explicó que “si se cierra el Congreso las elecciones son este año. Los nuevos elegidos ’completan ESTE periodo’ (Art. 136) El referéndum modifico la Constitución así: ‘Los parlamentarios no pueden ser elegidos para un NUEVO periodo de manera inmediata en el mismo cargo’. (Artículo 90 A)”.

La también periodista añadió que “(los congresistas)pueden regresar – si ustedes lo quieren – el 2026. Pero van a pelear su interpretación autentica. No tengan duda”.

Cuestión de Confianza no es Golpe de Estado

En otro tuit, Rosa María Palacios resaltó, refiriéndose a la congresista Luz Salgado, que la Cuestión de Confianza no es Golpe de Estado. “(La)disolución del Congreso por dos censuras es constitucional. No es un golpe de Estado y Luz Salgado lo sabe. Hacerse la ignorante solo agrava su situación. Situación que ellos mismos han provocado”, dijo.

Ley que prohíbe la reelección inmediata de parlamentarios

El 10 de enero de este años fue oficializada la ley de reforma constitucional que prohíbe la reelección inmediata de parlamentarios de la república.

La ley N° 30906 publicada en la separata de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano, incorpora al artículo 90-A de la Constitución Política del Perú el siguiente texto: ‘Los parlamentarios no pueden ser reelegidos para un nuevo período, de manera inmediata, en el mismo cargo’.

La norma aprobada por el Congreso fue ratificada mediante referéndum el 9 de diciembre del 2018.

Con información de Agencia Andina

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