Con 77 votos a favor, el pleno del Congreso de la República aprobó este miércoles la ley que regula el procedimiento especial de desalojo con intervención notarial, más conocida como ‘desalojo notarial express’. La iniciativa fue exonerada de una segunda votación.
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La nueva norma permitiría a los propietarios de un inmueble proceder al desalojo de un inquilino moroso en un plazo de 20 a 30 días.
Las iniciativas fueron presentadas por las bancadas de Peruanos por el Kambio y Fuerza Popular, así como por el Poder Ejecutivo. Las comisiones de Justicia y de Vivienda aprobaron el dictamen en mayoría, con una fórmula sustitutoria, el 14 de marzo y 4 de abril, respectivamente.
El presidente de la Comisión de Justicia, Alberto Oliva, señaló que la norma establece el régimen de promoción de la inversión en la construcción de edificaciones destinadas al servicio de alquiler de inmuebles para uso habitacional o comercial y regula el proceso no contencioso de desalojo.
Por su parte, el presidente de la Comisión de Vivienda, Édgar Ochoa, precisó que dicha ley permite el desalojo cumpliendo con los requisitos normados según el Decreto Legislativo 1177, que establece el Régimen de Promoción del Arrendamiento.
“Establece las causales, el procedimiento desde el momento que el notario recibe la solicitud de desalojo, pudiendo las partes acordar su finalización en cualquier momento de la tramitación de la solicitud”, recalcó.