El Ministerio de Salud (Minsa) aprobó la directiva administrativa N° 260/MINSA/2019/DGIESP “Prevención, atención de denuncias y procedimiento de Sanción del hostigamiento sexual”. Así lo establece la resolución ministerial N° 226-2019/MINSA, publicada hoy en el diario oficial El Peruano.
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La medida se sustenta luego que la Dirección de Promoción de la Salud de la Dirección General de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública, propuso y sustentó la aprobación de la referida directiva administrativa para establecer las disposiciones internas para la prevención y sanción de los actos que configuren hostigamiento sexual.
Ocurre lo mismo con el procedimiento para la atención oportuna de las denuncias de los presuntos actos de hostigamiento sexual en el Ministerio de Salud.
El dispositivo señala que la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos, con la asistencia técnica de la Dirección General de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública, realizará la difusión, implementación y supervisión de la directiva administrativa.
La referida resolución ministerial es refrendada por la ministra de Salud, Elizabeth Zulema Tomás Gonzáles.
La Ley N° 27942, Ley de Prevención y Sanción del Hostigamiento Sexual, establece que su objeto consiste en prevenir y sancionar el hostigamiento sexual producido en las relaciones de autoridad o dependencia, cualquiera sea la forma de este vínculo.
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