Economía

¿Qué hacer si tu empleador no le deposita su CTS?

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Este miércoles 15 de mayo se vence el plazo para que las medianas y grandes empresas realicen el depósito de la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) a sus trabajadores que se encuentran en planilla. Si no lo hacen, podrían recibir multas de hasta S/ 94.000. Pero ¿qué puede hacer si su empleador no le deposita el monto que le corresponde?

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De acuerdo al Reglamento de la Ley General de Inspección de Trabajo, que regula en su artículo 24, la empresa que incumpla con dicho depósito incurrirá en una infracción grave en materia de relaciones laborales y será multada con cifras que van desde los S/ 462 hasta los S/ 94.500.

Pero si usted, necesita con urgencia y en el más breve plazo dicho monto, puede recurrir a dos casos:

a) Conciliar con su empleador para que cumpla con hacer efectivo el pago de la respectiva compensación. En el encuentro debe fijarse, el abono tardío más los intereses financieros generados.

Si el empleador demora en realizar el abono de la CTS en la fecha límite, puede sostener una cita con él. (Foto: Freepik)

Si el empleador demora en realizar el abono de la CTS en la fecha límite, puede sostener una cita con él. (Foto: Freepik)

b) Si no llega a un acuerdo, puede presentar un reclamo a la Oficina de Inspección Laboral del Ministerio de Trabajo . La queja puede ser presentada por el trabajador solo o el sindicato de la compañía.

Cuando opta por esta segunda opción, la cartera ministerial mantendrá en reserva la identidad de la persona o grupo que realice la denuncia. Luego designará personal para que visite las instalaciones de la empresa infractora para instarla a que cumpla con su obligación.

El Ministerio de Trabajo atiende casos de trabajadores cuyos empleadores no hicieron el pago de la CTS. (Foto: Andina)

El Ministerio de Trabajo atiende casos de trabajadores cuyos empleadores no hicieron el pago de la CTS. (Foto: Andina)

De otro, recuerda que hace años cuando se terminaba un vínculo laboral, los trabajadores que deseaban sacar los fondos de su CTS tenían que presentar obligatoriamente un documento para acreditar el cese, pues ahora ya no será necesario . Según el Decreto Supremo Nº 005-2019-TR, emitido por el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE), esta carta ya no será indispensable, esto con el propósito de facilitar su retiro a los trabajadores.

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Es decir, si en un plazo máximo de 15 días hábiles después de solicitar el documento el empleador no realiza la entrega o hay demoras, se aplicará el silencio administrativo positivo y con ello, el trabajador podrá solicitar una constancia al Ministerio de Trabajo

La CTS se deposita dos veces años: mayo y noviembre. (Foto: Andina)

La CTS se deposita dos veces años: mayo y noviembre. (Foto: Andina)

Como se sabe, la Compensación por Tiempo de Servicios es un beneficio social que brindan las empresas a sus trabajadores como una forma de previsión de las contingencias que podrían originarse por el término de la relación laboral, ya sea por despido, renuncia, fin de contrato, etc. De esta manera, el empleado podrá disponer de un fondo mientras se encuentre desempleado.

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