Economía

PJ desestimó acción de amparo de San Fernando contra Indecopi por concertar precios en los 90

El Sexto Juzgado Constitucional de la Corte Superior de Lima declaró infundada la acción de amparo interpuesta por Avícola **San Fernando **S.A., respecto de la reapertura de un proceso que el **Indecopi **sancionó con una multa de 450 UIT (S/1,080,000) por concertar el precio del pollo durante 1995 y 1996, con el fin de obtener un ilegal aumento del precio.

A través de un comunicado, Indecopi afirmó que en 1997 se sancionó a diversas avícolas por, según las investigaciones efectuadas, acordar controlar el peso, beneficiar y congelar carne de pollo (incluso pollos bebes), con la finalidad de reducir la oferta y evitar que los precios bajen de manera artificial, esto es, sin que tal reducción fuera consecuencia de la competencia entre ella.

En este caso, la concertación privó a los consumidores de su derecho a elegir entre distintos proveedores, precios y calidades.

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San Fernando impugnó la mencionada sanción ante el Poder Judicial, proceso que culminó el 04 enero de 2011 con el pronunciamiento de la Corte Suprema de la República que declaró improcedente el recurso de casación que solicitaron.

Pese a que han transcurrido 23 años de cometida la infracción y 8 años desde que la Corte Suprema de Justicia sentenció en última instancia judicial el caso, la avícola intenta con su demanda de amparo que se le conceda el recurso de casación, que fue denegado de acuerdo a la legislación de la época.

Cabe señalar que la avícola San Fernando ha apelado la sentencia, por lo que el caso deberá ser visto en la Corte Superior.

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