En el año 2012, la Municipalidad Metropolitana de Lima (MML) modificó el índice de usos para la ubicación de actividades urbanas en el Cercado de Lima, incluyendo el Centro Histórico.
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En su artículo quinto, la normativa prohibió las actividades de imprenta y servicios conexos en el Centro Histórico, con el objetivo de preservar el damero.
El Instituto Nacional de Defensa al Consumidor y la Propiedad Intelectual (Indecopi) declaró como barrera burocrática ilegal este artículo, según la Resolución Nº 0338-2018/SEL-INDECOPI, publicada este miércoles en El Peruano.
Según la entidad, la medida “no fue realizada en el marco de los mecanismos previstos por la propia MML: el procedimiento de Reajuste Integral o de Cambio Específico de los planos de dicha área”.
La sala, sin embargo, emitió ciertas precisiones, pues “es consciente de la importancia de proteger el Centro Histórico de Lima de potenciales problemas (como inseguridad de las edificaciones, accidentes, contaminación sonora, entre otros)”.
Entre ellas, el Indecopi aclaró que no se le otorgará a la denunciante autorización alguna para operar un local comercial en la zona.
Además, indicó que la resolución solo declara la barrera como ilegal. Este decir, este mecanismo no podrá impedir la conformación de un negocio de imprenta en la zona. No obstante, aún deberá pasar por otros filtros, que contemplan la seguridad de edificaciones, por ejemplo.
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“Si bien esta Sala comparte la preocupación de la MML de preservar el Centro Histórico de Lima como Patrimonio Cultural de la Nación, es indispensable que dicha entidad observe la regulación metropolitana que emitió para efectuar modificaciones”, concluyó el Indecopi.
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