El Concejo Distrital de La Punta prohibió el uso, la venta y la distribución gratuita en los establecimientos comerciales, prestadores de servicios y otros, de cañitas o sorbetes y bolsas plásticas.
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Una ordenanza publicada hoy en el diario oficial El Peruano señala que quedan exceptuadas de la norma las cañitas de papel o bambú y de acero. También se exceptúa el uso inevitable de las cañitas tradicionales por necesidad física o salud.
En la norma se da un plazo de dos años para que los establecimientos comerciales se adecuen de manera progresiva y cambien las cañitas y bolsas plásticas por productos que no generen daño para el medioambiente.
Multas
Una vez concluido ese plazo se aplicarán multas y las sanciones respectivas, establecidas en la ordenanza.
Ante una primera infracción se aplicará una notificación educativa, pero en el caso de reincidencia se le sancionará al establecimiento una sanción pecuniaria equivalente al 10 % de una Unidad Impositiva Tributaria (UIT), es decir S/ 415.
Si se detectara la comisión reiterada de la falta se puede aplicar la clausura temporal o definitiva del local.
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Fuente Andina
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