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Sunedu establece plazo para que universidades sin licenciamiento cesen actividades

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La Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria Sunedu estableció que las universidades que no obtengan la licencia institucional deberán cesar sus actividades en un plazo que no podrá ser mayor a dos años.

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La institución remarcó que el plazo empezará a regir a partir del semestre siguiente a la fecha de notificación de la respectiva resolución que les deniega la licencia institucional, requisito indispensable para la prestación del servicio educativo universitario.

“Este plazo de cese debe ser comunicado a Sunedu y no podrá interrumpir el ciclo académico en curso. Además, de manera inmediata, las universidades ya no podrán convocar nuevos procesos de admisión ni incorporar nuevos estudiantes”, afirmó.

Además, consideró que las casas de estudio involucradas deberán adoptar las medidas para asegurar la continuidad de los estudios de sus alumnos y el ejercicio de los derechos de sus egresados, graduados y titulados.

Opciones

La Sunedu informó que los alumnos de pregrado y posgrado de una universidad en proceso de cese cuentan con las siguientes alternativas para continuar sus estudios:

a) Aquellos que hayan iniciado sus estudios antes de la fecha de notificación de la denegatoria del licenciamiento podrán seguir estudiando en su universidad durante el plazo establecido por ella para el cese de actividades (que, como se indicó, no podrá exceder los dos años).

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Aquellos estudiantes que no deseen o no puedan culminar sus estudios en este plazo, deberán optar por el traslado. Para ello cuentan con dos alternativas:

b) La universidad en proceso de cese podrá celebrar convenios con otras universidades para reubicar a los alumnos. En estos casos, la universidad receptora debe contar necesariamente con licencia institucional y podrá admitir a los estudiantes mediante exámenes de suficiencia, convalidaciones de cursos, entre otras modalidades.

c) También, de manera libre, los estudiantes pueden optar por hacer un traslado a otra universidad o institución independientemente de los convenios establecidos por la casa de estudios de origen.

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