La Sala Especializada en Protección al Consumidor (SPC) de Indecopi aclaró los alimentos las condiciones con las que se aplicarán las resoluciones que obligaban a Cineplanet y Cinemark a permitir que los asistentes ingresen con sus propios alimentos.
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De esta manera, a partir del 17 de marzo Cineplanet deberá cumplir con esta disposición, mientras que en el caso de Cinemark la fecha dispuesta es el próximo miércoles 21 de marzo.
ALIMENTOS SIMILARES
Indecopi explicó que los usuarios pueden ingresar a las salas de cine con los mismos alimentos y bebidas que se venden en las confiterías de ambas cadenas.
Es decir, si Cineplanet o Cinemark vendieran cancha salada, cancha dulce, gaseosas, sánguches de hot dog y helados, por citar algunos productos, los consumidores podrán ingresar con dichos alimentos provenientes del exterior de los locales.
También pueden ingresar alimentos de similares características. Los productos que ingresen los consumidores pueden ser de diferente marca de aquellos que ofrecen los cines, siempre y cuando se trate del mismo tipo de producto.
Por ejemplo, si Cineplanet o Cinemark vendieran chocolates de marca A, el consumidor podrá ingresar a las salas con chocolates de marca B, C o D.
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SALAS PRIME NO ESTÁS INCLUIDAS
Respecto de las salas tipo Prime, si bien en las denuncias y en las resoluciones no se hace mención expresa sobre dichos tipos de salas, la SPC aclara que las medidas correctivas ordenadas no alcanzan a dicho formato, por tratarse de un modelo de negocio distinto de las salas de cine regulares.
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