El Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec) ha observado el domicilio que figura en el Documento Nacional de Identidad (DNI) de 47.464 personas tras comprobar que no viven en dicho lugar (16.424) o que la dirección no existe (31.040).
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Si ellas declararon vivir en Lima o Callao tienen la posibilidad de solicitar el levantamiento de la observación hasta el jueves 11 de enero, indicó la institución.
El plazo vence el viernes 19 de enero para quienes declararon residir en otras regiones, con excepción de La Libertad y Madre de Dios. En estos dos departamentos, el plazo vence el lunes 22 de enero, debido a los feriados declarados por la próxima visita del Papa.
La solicitud de levantamiento de la observación es un trámite gratuito que se puede efectuar en cualquier agencia del Reniec. Si el domicilio ha sido observado por no ser el lugar de residencia, se debe presentar un certificado domiciliario expedido por un notario o un juez de paz.
Si la causal de la observación es que la dirección no existe, añadieron, se tiene que presentar el certificado mencionado y, además, otro documento (con antigüedad menor a 6 meses) donde conste la dirección observada: un recibo municipal de pago de arbitrios y/o impuesto predial, un certificado de numeración municipal, un documento emitido por la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (Sunarp) u otro análogo.
La lista de quienes tienen en su DNI un domicilio ubicado en Lima o Callao fue publicada en El Peruano el 18 de diciembre, y la de quienes declararon vivir en cualquiera de las otras regiones, el 27 de diciembre.
Al lado de cada nombre figura la causal de observación: B corresponde a un lugar donde se comprobó que no vive el titular del DNI, y C hace referencia a las direcciones que no existen.
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Si la observación no es levantada, el ciudadano podría recibir una multa y en las Elecciones Regionales y Municipales del próximo año deberá sufragar en el distrito correspondiente al domicilio que figuraba en su DNI antes del domicilio observado.
Multa
De acuerdo a la Ley N 30338, se debe proporcionar al Reniec ‘la dirección domiciliaria que corresponde a la residencia habitual del titular’. Esa misma norma establece una multa equivalente al 0,3 % de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) -S/ 12,45 soles- para aquellos ciudadanos que no cumplan con actualizar en el documento de identidad datos ‘como los cambios de la dirección domiciliaria habitual o del estado civil del titular, dentro de los treinta días de producidos’.
Descubre aquí si el domicilio registrado en tu DNI ha sido observado.
Fuente Andina
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