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PPK le dio indulto humanitario a Alberto Fujimori

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El expresidente Alberto Fujimori recibió este domingo el indulto humanitario de parte del mandatario Pedro Pablo Kuczynski (PPK), según dio cuenta una resolución publicada en una edición extraordinaria del diario oficial ‘El Peruano’.

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La resolución también lleva la firma del ministro de Justicia, Enrique Mendoza. El anuncio se hizo mediante un comunicado oficial, emitido a través de la Secretaría de Prensa de Palacio de Gobierno.

‘El Presidente de la República, en uso de las atribuciones que le confiere la Constitución Política del Perú para tales fines, ha decidido conceder el indulto humanitario al señor Alberto Fujimori Fujimori y a otras siete personas que se encuentran en similar condición siendo las 18:00 horas del 24 de diciembre del 2017’, señala el documento.

PREVIO AL INDULTO

El legislador oficialista Alberto de Belaúnde amenazó esta mañana con renunciar al partido Peruanos por el Kambio (PPK) si el presidente Pedro Pablo Kuczynski indulta al exmandatario Alberto Fujimori, condenado a 25 años de cárcel.

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De Belaúnde declaró al programa “Chicharrón de prensa”, que “si lo indultan (a Fujimori) yo renuncio a la bancada” de PPK, que tiene 18 legisladores en el Parlamento.

Esta tarde, Leyla Chihuan escribió en particular tuit que hace referencia a los rumores del indulto. Luego de ser consultada sobre si visitará a Albeto Fujimori, la congresista señaló que ahora no puede. Sin embargo, ya lo verá próximamente, en su vivienda.

Posteriormente, la Defensoría del Pueblo emitió un pronunciamiento donde señala que el indulto es ‘una potestad del Presidente de la República’ que consiste en renunciar al ejercicio del poder punitivo del Estado.

La entidad aseguró que ‘el indulto es una facultad presidencial que no supone la inexistencia de límites, como ha sido señalado por el Tribunal Constitucional’. Sin embargo, recuerda que esta medida está contemplada en la Constitución y regulada por leyes.

‘Todos los actos del Estado, incluidos los del Presidente, se rigen por el principio de legalidad, lo que implica que a los funcionarios públicos solo les está permitido hacer, en forma y contenido, aquello que expresamente prescribe la ley’, señala el documento.

El indulto humanitario debe fundarse en ‘situaciones objetivas y estar debidamente motivado en la medida que tal decisión no solo constituye una interferencia del Ejecutivo en un acto jurisdiccional sino que, además compromete el principio de igualdad’.

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