La Comisión de Constitución del Congreso de la República aprobó un dictamen que prohíbe temporalmente que los deudores alimentarios morosos puedan solicitar la emisión o renovación de sus pasaportes, licencias de conducir y suscribir contratos de transferencias de bienes muebles o inmuebles en las notarías públicas.
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La presidenta del grupo de trabajo, Úrsula Letona, explicó que estas restricciones no aplican a aquellos deudores alimentarios que utilicen sus pasaportes y licencias de conducir para el ejercicio de una profesión u oficio, a fin de no afectar el derecho al trabajo.
En el caso de la prohibición para suscribir contratos de transferencias de bienes muebles o inmuebles en las notarías públicas, la restricción queda sin efecto cuando dicha transacción tenga como finalidad pagar la deuda alimentaria pendiente.
Según el dictamen aprobado, el notario solo elevará la escritura pública de dicha transferencia una vez que constate el pago de la deuda de alimentos en beneficio del menor. Cumplida esta, se procede con el levantamiento inmediato de la inscripción en el registro de deudores alimentarios morosos (REDAM).
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