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El Indecopi y la SUNEDU multan a la Universidad Autónoma del Perú

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El Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi) y la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (SUNEDU), en el marco de sus respectivas competencias, impusieron multas que suman más de 11 millones de soles a la Universidad Autónoma del Perú.

En el caso del Indecopi , en primera instancia, impuso una multa de S/ 1 822 500 (450 UIT) por haber infringido el deber de idoneidad que establece el Código de Protección y Defensa del Consumidor, por la afectación a las expectativas de los consumidores al no brindar su servicio en las condiciones ofrecidas.

Además de la multa, la primera instancia del Indecopi ordenó a la universidad brindar a los estudiantes cualquiera de las siguientes medidas correctivas:

1. Devolver el dinero pagado por los alumnos durante el servicio (matrículas, pensiones, entre otros exigidos por la universidad), además del interés legal, conforme al artículo 97 del Código de Protección y Defensa del Consumidor.

2. Que la Universidad, conforme con las disposiciones establecidas por la SUNEDU, establezca mecanismos que permitan a los alumnos afectados, continuar sus estudios en otras universidades que sí cuenten con la autorización respectiva.

3. Que la Universidad, conforme con las disposiciones establecidas por la SUNEDU, permita a los estudiantes afectados que así lo decidan, realicen estudios en la misma universidad, pero en una carrera profesional que sí esté habilitada.

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Para monitorear el cumplimiento de las medidas correctivas a favor de los estudiantes, el Indecopi ha ordenado a la Universidad Autónoma del Perú elaborar un padrón de los alumnos afectados y un cronograma de cumplimiento respecto a las medidas correctivas que ellos escojan.

Esta decisión de primera instancia se encuentra dentro del plazo de apelación, que deberá ser revisado por la Sala Especializada en Protección al Consumidor del Indecopi. La resolución de la primera instancia es pública y puede ser conocida en el siguiente enlace: http://bit.ly/2hbgo2U

El Indecopi precisa que da a conocer esta decisión al amparo del artículo 123 del Código de Protección y Defensa del Consumidor, el cual precisa que ‘(…) Los procedimientos seguidos ante el Indecopi tienen carácter público. En esa medida, el secretario técnico y la Comisión de Protección al Consumidor del Indecopi se encuentran facultados para disponer la difusión de información vinculada a los mismos, siempre que lo consideren pertinente en atención a los intereses de los consumidores afectados y no constituya violación de secretos comerciales o industriales’.

SUNEDU: Se afectó a más de 3500 estudiantes

Por su parte, la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (SUNEDU) sancionó a la Universidad Autónoma del Perú con 10 multas que suman S/ 9’889,087.50 (2441.75 UIT) por haber prestado 7 programas de pregrado y 3 de posgrado sin contar con autorización, afectando a más de 3 500 estudiantes.

Durante el procedimiento sancionador se verificó la prestación ilegal de los siguientes programas de pregrado: Negocios Internacionales, Administración en Turismo y Hotelería, Ingeniería Ambiental, Ingeniería Civil, Ingeniería Industrial, Arquitectura y Administración y Marketing, así como los posgrados de Administración de Empresas, Docencia Universitaria y Psicología Clínica y de la Salud.

Además de imponer la multa, la SUNEDU ordenó el cese de la oferta y prestación de los programas no autorizados y exhortó a la casa de estudios a que limite sus servicios solo a las carreras para las que cuenta con autorización (Administración, Contabilidad, Derecho, Ingeniería de Sistemas y Psicología), bajo advertencia de iniciar un nuevo procedimiento administrativo sancionador.

Es importante precisar que la referida universidad se encuentra dentro del plazo de impugnación ante la SUNEDU.

Las sanciones impuestas por ambas entidades se aplican en el marco de sus competencias. La SUNEDU sanciona a las universidades e instituciones de educación superior por el incumplimiento de las Condiciones Básicas de Calidad (CBC) y de cualquier obligación establecida en la Ley Universitaria y normativas afines. El Indecopi, por su parte, ejerce su función de protección de los derechos de los consumidores del servicio educativo privado, fiscalizando y sancionando a los proveedores que incumplan con sus obligaciones y no respeten los derechos establecidos en el Código de Protección y Defensa del Consumidor.

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