La Superintendencia Nacional de Migraciones ampliará el otorgamiento del Permiso Temporal de Permanencia (PTP) a los ciudadanos venezolanos que ingresen de manera regular al país hasta antes del 1 de agosto de 2017, según un decreto supremo publicado hoy en la separata de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano.
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La medida fue anunciada por el presidente Pedro Pablo Kuczynski, en su Mensaje a la Nación por Fiestas Patrias, y amplía la entrega del PTP que, según un decreto publicado en enero pasado, beneficiaba solo a los venezolanos que ingresaron al Perú previo al 2 de febrero del presente año.
¿Qué es el Permiso Temporal?
El Permiso Temporal permite a los ciudadanos venezolanos regularizar su permanencia en el país, desarrollar actividades laborales y acceder a diversos servicios como salud y educación. También obtener un número de Registro Único de Contribuyente – RUC para realizar actividades económicas sujetas al pago de impuestos.
El plazo para presentar la solicitud será de 120 días hábiles, computados a partir de la entrada en vigencia del Decreto Supremo, el 1 de agosto.
El PTP ha sido considerado por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos – CIDH como un ejemplo para la región por ser la primera medida dictada a nivel internacional para proteger y asegurar los derechos de las personas de nacionalidad venezolana que dejaron su país por la crisis social que padecen.
A la fecha, un total de 11,464 venezolanos solicitaron el PTP en el marco del Decreto Supremo N° 002-2017-IN, emitido en enero, que aprobó los lineamientos para gestionar dicho documento.
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*El PTP se otorga por el plazo de un año *y antes del vencimiento del documento la persona beneficiaria deberá optar por una de las calidades migratorias establecidas en la normativa migratoria vigente. Requisitos y citas en línea
Para tramitar el permiso, el solicitante debe haber ingresado legalmente al país y encontrarse en el territorio nacional antes de la entrada en vigencia de la norma.
Asimismo, no debe tener antecedentes policiales, penales y/o judiciales a nivel nacional e internacional; ni estar comprendido en los supuestos del artículo 48 del Decreto Legislativo 1350, Nueva Ley de Migraciones.
Los solicitantes deben obtener una cita en línea en la página web de Migraciones (www.migraciones.gob.pe), pagar el derecho de trámite (S/.41.90), y presentar una copia simple del pasaporte o cédula de identidad con el que registró su ingreso al país.
Asimismo, una vez que el solicitante acuda a la sede central de Migraciones, en Breña, o a la Jefatura Zonal del interior del país donde realice su trámite, debe presentar una declaración jurada de no poseer antecedentes policiales, penales y judiciales a nivel nacional e internacional.
Agencia Peruana de noticias Andina
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