El Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual multó con 70.3 UIT, equivalente a 284,715 soles, a la Universidad Privada Telesup por infringir el Código de Protección y Defensa del Consumidor al no brindar un servicio idóneo a sus estudiantes y no atender sus reclamos.
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La Sala Especializada en Protección al Consumidor confirmó, mediante una resolución, la decisión de la Comisión de Protección al Consumidor N° 2 que declaró fundada la denuncia presentada contra este centro de estudios por no cumplir con los artículos 18°, 19° y 24° del mencionado código.
La decisión se basó en que quedó acreditado que la Universidad Telesup, de manera unilateral, redujo la duración del tercer ciclo académico de la carrera de Ciencias de la Comunicación, infringiendo el estándar mínimo impuesto por ellos mismos y modificó injustificadamente el inicio del servicio educativo contratado.
Del mismo modo, según Indecopi, no contaba con los equipos e instalaciones adecuados que hicieran posible a los alumnos realizar sus correspondientes prácticas.
Además, su establecimiento carecía de personal capacitado para atender a sus alumnos y no contaba con una biblioteca ni libros de consulta relacionados a la mencionada carrera.
Con información de El Comercio
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