Todos los establecimientos de salud del sector público atenderán de manera gratuita, sin convenio previo alguno, a las personas, nacionales o extranjeros, en las zonas de desastres y/o catástrofes originados como consecuencia de las lluvias intensas, de acuerdo al Decreto de Urgencia publicado hoy en el diario oficial El Peruano.
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El Decreto de Urgencia Nº 006-2017 precisa que están incluidas en esta medida excepcional las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud (IPRESS) públicas de las Redes del Ministerio de Salud, de los Gobiernos Regionales, del Seguro Social de Salud (EsSalud) y de las Sanidades de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional del Perú.
La norma aclara que no será necesaria la suscripción previa de convenio, acuerdo o instrumento de similar naturaleza, entre dichas instituciones para atender a las personas en áreas de emergencia, hospitalización y áreas críticas, consulta externa y servicios de apoyo al diagnóstico, entre otros.
Esto incluye la prestación de tales servicios en hospitales de campaña, puestos médicos de avanzada, módulos de salud o cualquier otra oferta móvil en salud que se ponga a disposición de la población afectada por las circunstancias antes señaladas.
ANDINA.
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