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Gobierno peruano exonera de visa a ciudadanos de la India

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El Ministerio de Relaciones Exteriores exoneró del requisito de visa temporal de turista y de negocios a los ciudadanos provenientes de la República de la India, según el Decreto Supremo N° 006-2017-RE, publicado hoy en el Boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano.

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La exoneración se dará siempre que se acrediten al menos una de las siguientes condiciones:

1. Ser titulares de visas con una vigencia mínima de seis meses de los Estados Unidos de América, Canadá, Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, Australia o de un estado perteneciente al espacio Schengen.

2. Tener residencia permanente en los Estados Unidos de América, Canadá, Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, Australia o en un estado perteneciente al espacio Schengen.

El plazo máximo de estadía será de hasta 180 días calendario, sea como visita continua o varias visitas consecutivas, durante el plazo de un año.

La Cancillería remarcó que uno de los propósitos del Perú es adoptar medidas que estimulen una real promoción como país abierto al turismo, inversiones, comercio, capital y tecnología extranjeros.

ANDINA

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