El Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones (Osiptel) sancionó a Telefónica del Perú con seis multas que en conjunto suman un millón 264,000 soles por no efectuar devoluciones por interrupciones, entre otros motivos.
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Según la resolución de 546-2016 GG/Osiptel, publicada hoy en el diario oficial El Peruano, Telefónica no permitió la presentación de reclamos y reportes de sus centros de atención y puntos designados para la atención de usuarios en provincias.
Tampoco designó un punto de venta para la atención de usuarios en provincias en las cuales se presta el servicio y se ofrece la contratación del servicio.
Asimismo, no garantizó la información y orientación que brindan sus centros de atención y puntos de venta.
*Por información inexacta *
De otro lado, Telefónica del Perú habría proporcionado información inexacta al Osiptel a través de cartas sobre el funcionamiento de los puntos de venta en las provincias de Andahuaylas y Coronel Portillo.
Por tanto, se multó a la empresa por 25 UIT (98,750 soles), por la comisión de infracción leve tipificada en el TUO de Condiciones de Uso al haber incumplido con la obligación establecida en el primer, tercer y quinto párrafo del artículo 43º de la misma norma; de conformidad con los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución.
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En la misma resolución se multa por 51 UIT (201,450 soles), por la comisión de la infracción grave tipificada en el artículo 9° del Reglamento de Fiscalización, Infracciones y Sanciones.
De igual modo se contemplan dos multas, ambas de 51 UIT (201,450 soles) por no cumplir con la entrega oportuna de información periódica respecto de tres formatos del trimestre 2013-II26
‘Se multa a la empresa con 51 UIT por haber incumplido con la entrega oportuna de 73 reportes de información periódica correspondiente al trimestre 2013-II. Asimismo, se multa por 51 UIT por no al haber incumplido con la entrega oportuna de 50 reportes de información periódica correspondiente al trimestre 2013-III’, indica la resolución
Por no efectuar devoluciones
Las últimas dos multas son de 92 UIT (363,400 soles) y de 50 UIT (197,500 soles) por no efectuar las devoluciones por interrupciones acaecidas en el año 2011.
La multa que se cancele íntegramente dentro del plazo de 15 días computados a partir del día siguiente de notificada la sanción, obtendrá el beneficio de pago reducido del 35% de su monto total, siempre que no sea impugnada, indica la norma.
Andina
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