Todos los centros comerciales del Perú deben tener un servicio de ambulancia tipo II, un sistema de comunicación interna y un desfibrilador, entre otros equipos, para atender casos de primeros auxilios cuando la vida de alguna persona se encuentre en peligro.
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Así lo establece el Reglamento de la Ley que promueve el auxilio oportuno al público en los centros comerciales del país. La norma del Ministerio de Salud fue publicada hoy en las normas legales del diario oficial El Peruano y fija un plazo de 60 días para adecuarse a lo señalado.
De acuerdo con el reglamento, el sistema de comunicación interna permitirá recibir las alertas desde cualquier punto del área comercial y debe garantizar el inicio inmediato de los primeros auxilios antes de transcurridos los cinco minutos de solicitados. Este sistema puede incluir equipos de telefonía o de perifoneo.
En tanto, el servicio de ambulancia tipo II deberá estar operativo durante el horario de atención al público, a fin de garantizar el traslado del paciente a un establecimiento de salud. El centro comercial garantiza que la unidad se constituya en el lugar de los hechos en el menor tiempo posible de realizada la llamada de emergencia.
El reglamento indica también que el equipamiento mínimo para el ambiente adecuado de primeros auxilios está compuesto por un desfibrilador externo automático, un tensiómetro, un estetoscopio pediátrico y adulto, un balón de oxígeno, un collarín cervical rígido, materiales de inmovilización (férulas, tabillas, etc), camilla fija, silla de ruedas, entre otros.
El desfibrilador es un dispositivo médico destinado a analizar el ritmo cardiaco, identificar las arritmias mortales y administrar, con intervención de una persona entrenada, una descarga eléctrica con la finalidad de restablecer el ritmo cardiaco de una persona.
Cabe recordar que en julio del 2013 murió de un paro cardiorespiratorio el joven futbolista de Cristal Yair Clavijo (18) en pleno partido ante Real Garcilaso. Según se informó en ese entonces, fue atendido y recibió los masajes cardiopulmonares de resucitación, pero los intentos por revivirlo necesitaron de la ayuda de un desfibrilador.
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Además de exigir un botiquín bien equipado, el reglamento dispone que los centros comerciales cuenten con carteles instructivos en lugares visibles con las indicaciones para la activación del sistema de comunicación interna de alerta de la emergencia.
Personas capacitadas en primeros auxilios y en el uso del desfibrilador, con certificación vigente por una institución que brinde dicha capacitación, estarán a cargo del auxilio oportuno de los pacientes.
“El centro comercial garantiza la presencia de dicho personal con capacidad de brindar los primeros auxilios en todo momento durante el horario de atención del centro comercial”, subraya el Decreto Supremo 018-2016-SA que aprueba el reglamento.