El Jurado Especial Electoral (JEE) de Lima Centro 1 declaró infundado el recurso de exclusión contra la candidata presidencial de Fuerza Popular, Keiko Fujimori, al considerar que no ha vulnerado la Ley de Organizaciones Políticas.
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El fallo, emitido en las primeras horas de hoy refiere que no se ha acreditado con medios probatorios idóneos que Fujimori Higuchi haya infringido el artículo 42 de la referida la norma durante la entrega de premios en el Concurso de Hip Hop y Break Dance, organizado por el colectivo Factor K, el pasado 14 de febrero.
‘La candidata no ha incurrido en la conducta prohibida de ofrecer, ni entregar dinero o dádivas con la finalidad de obtener votos’, precisa la resolución.
El organismo electoral señala que no es posible concluir que el concurso de baile del colectivo Factor K, al cual asistió Fujimori Higuchi, se haya tratado de una actividad proselitista, como parte de su campaña electoral.
“Se trata de la final de un concurso de baile organizado por el colectivo Factor K y no por la referida organización política, por ende, el evento siempre tuvo naturaleza premial y no de un evento proselitista, siendo el motivo de la convocatoria específicamente el concurso de baile”, se indica en el fallo.
Refiere que tampoco se ha acreditado con medios probatorios la presunta conducta prohibida sobre supuestos servicios médicos gratuitos ofrecidos y sorteos de artefactos en un evento del 7 de febrero.
En el fallo del JEE, también se manifiesta que no hay medios probatorios idóneos que acrediten la vinculación directa entre Fuerza Popular y los organizadores de los referidos eventos.
La decisión del organismo electoral es en primera instancia. Los ciudadanos que presentaron el recurso de exclusión tienen la posibilidad de apelar ante el Jurado Nacional de Elecciones (JNE).