El criterio de igualdad de condiciones en todas las etapas del proceso electoral, primó en la resolución del Jurado Electoral Especial (JEE) Lima Centro 1, que declaró improcedente la fórmula presidencia de Todos por el Perú, explicó hoy la especialista del Jurado Nacional de Elecciones (JNE), Jessica Clavijo.
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Dijo que el jurado especial tomó como fundamento la resolución del Jurado Nacional de Elecciones (JNE) que declaró no válidos los cambios en el partido que postula a Julio Guzmán, como la modificación de sus estatuto, la designación del Tribunal Nacional Electoral y en su símbolo partidario.
“La misma resolución establece que debe priorizarse la vigencia del Estado de derecho que exige normativa vigente, privilegiando también el tema de la igualdad de condiciones de todas las organizaciones políticas ,en todas las etapas de los proceso electorales”, precisó en Radio Exitosa.
Por esto, sostuvo, que en esta nueva resolución del JEE, que declara improcedente la inscripción de Todos por el Perú, se diferencia con el primer fallo del JEE, donde primaba el derecho a la participación política establecida en Constitución Política.
“En esta oportunidad JEE, después del análisis también de los fundamentos puestos por los tachantes y lo resuelto por el JNE, llega a los considerandos del fallo del día de hoy”, comentó.
Infracción a la ley
De otro lado, sostuvo que la exclusión de César Acuña se sustenta en la infracción del artículo N°42 de la Ley Organizaciones Políticas, que prohíbe a los candidatos entregar dinero o dádivas por un monto superior al 0.5% de las UIT, equivalente a 19 soles.
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Respecto a su condición de candidato, agregó, dijo que adquiere esa condición desde que es designado en elecciones internas, razón por la cual incluso el JNE realizó, a través de su Dirección de Fiscalización, una verificación de la información en su Hoja de Vida por la calidad de candidatos que tienen los postulantes.