Entre 600 y 800 pedidos de nulidad de matrimonios realizados ante la iglesia católica se formulan cada año en Lima, informó el Arzobispado al detallar el proceso de reforma anunciado por el papa Francisco.
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El juez eclesiástico de Lima, padre Luis Gaspar, informó a la agencia Andina que del total de esas solicitudes un promedio de 80 a 120 es calificado para ir a proceso, aunque generalmente se concede la nulidad a la mitad de esos pedidos.
El religioso precisó que la reforma aprobada por el Santo Padre se refiere a la nulidad del matrimonio católico, mas no da la anulación del mismo. Explicó que, como en la religión católica el divorcio no existe, el matrimonio no se puede anular. De lo que se trata detalló es de la nulidad del acto por diversas causales.
Estas causales pueden ser por vicios de consentimiento, es decir sí hubo anomalías al momento de dar el sí en el matrimonio, ya sea porque uno de los contrayentes estuvo, por ejemplo, bajo los efectos del alcohol.
También si uno de los contrayentes era menor de edad y mintió o falsificó documentos; si hay una relación de consanguinidad entre los cónyuges; o si el hombre que se casó era sacerdote.
Igualmente, si existe una relación adúltera comprobada, si se ocultó información que pueda luego afectar la vida matrimonial como por ejemplo, la existencia de un hijo o si hay de por medio la comisión de un crimen de un esposo o esposa anterior para facilitar el nuevo matrimonio.
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Sin embargo, la causal más común y que también es atendible por los tribunales eclesiásticos es la de inmadurez de una de las partes, que afecta seriamente la vida de la pareja. Aquí se incluye por ejemplo el incumplimiento de las obligaciones “porque hay gente que se casa sin tener conciencia de los compromisos que asume y no está preparada para cumplir sus roles de padre madre, esposo o esposa”.
En estos últimos casos, dijo, la inmadurez debe ser comprobada por peritos, ya sea psicólogos o psiquiatras, profesionales en los que se apoyan los tribunales eclesiásticos para tomar sus decisiones.
Las solicitudes de nulidad de un matrimonio pueden ser presentadas por uno de los interesados o por un tercero que se considere perjudicado por esa unión.
Más rápido y con menor costo
El juez eclesiástico señaló que, gracias a esta reforma del papa Francisco, disminuirán los costos de estos procesos y se acortarán los plazos de los mismos de dos años y medios a solo un año en algunos casos y de seis a tres meses en otros.
Los cambios se aplicarán desde el 8 de diciembre próximo y en virtud de ellos, las solicitudes de nulidad serán vistas por un solo juez y no por tres como es hasta hoy.
Además, ya no habrá necesidad de que las sentencias de un tribunal sean refrendadas por una segunda instancia. Ese requisito ya se abolió, indicó el experto.
“También en los casos más claros y notorios de nulidad podrán ser vistos en cada diócesis por un obispo, quien antes no podía juzgar en estos casos”, anotó finalmente.
En el país existen cinco tribunales eclesiásticos. Además de Lima, están en las ciudades de Piura, Trujillo, Arequipa y Chiclayo.