La Corte Interamericana de Derechos Humanos falló en contra del Estado peruano respecto al Caso Chavín de Huántar. Sin embargo, la sentencia no ordena el pago de una reparación económica a los deudos de los condenados por terrorismo.
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El ministro de Justicia Gustavo Adrianzén confirmó la recepción del fallo e informó que la sentencia no establece reparaciones económicas para los terroristas del Movimiento Revolucionario Túpac Amaru (MRTA), pero que sí se establece una “reponsabilidad parcial del Estado peruano” respecto al Caso Chavín de Huántar.
“En el caso del delincuente terrorista apodado ‘Tito’ debemos informar que se indica que el Estado peruano debe realizar las investigaciones que correspondan a fin de determinar las circunstancias de su muerte”, detalló.
“En el caso de los delincuentes terroristas Herma Luz Meléndez Cueva y Víctor Salomón Peceros Pedraza, la sentencia dice que no existen elementos para determinar la responsabilidad internacional del Estado peruano”, añadió.
“Estamos obligados a publicar la sentencia y se establece algún tipo de rehabilitación en tema de salud a favor de Edgar Odón Cruz, que es el hermano del terrorista ‘Tito’. Esto es lo que preliminarmente podemos informar”, apuntó.