Luego de la publicación de la Ley 30334, que permite la disponibilidad del total del excedente de cuatro sueldos brutos que los trabajadores tengan en su fondo de CTS (Compensación por Tiempo de Servicios), muchas personas ya se disponen a retirar dicho dinero.
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Se estima que unos tres millones de peruanos se beneficiarán de esta disponibilidad de dinero. Pero ojo, para poder retirar este monto hace falta seguir ciertos pasos. Primero, el trabajador deberá comunicar por escrito a su empleador el deseo de liberar su CTS.
Luego, la empresa deberá comunicar a la entidad depositaria de la CTS cuál es el importe intangible. Este se calcula multiplicando la última remuneración por cuatro.
Según la Cámara de Comercio de Lima, mientras no se aprueben las nuevas disposiciones reglamentarias para esta nueva ley, se entiende que deberán aplicarse aquellas que estipulaba el anterior DS 008-2014-TR. Por ello, algunos especialistas han señalado que el tiempo que el empleador puede tomarse para comunicar el monto que el trabajador podrá retirar de este fondo podría tomar ‘hasta cinco días’, como lo establecía la anterior norma.
‘Tiene que haber una reglamentación nueva, pero si no hay una inmediata, las entidades bancarias van a venir procediendo como lo hacían antes’, comenta al respecto el especialista en Derecho Laboral, Raúl Saco Barrios.
Una vez que el empleador haya coordinado con la entidad financiera, el banco determinará finalmente cuál es el saldo intangible y qué monto se podrá retirar. Pese a estar pendiente la reglamentación, los especialistas indican que ninguna entidad ni empleador debe negarse a atender los pedidos para retirar este fondo.