A dos semanas de iniciarse el cronograma de vencimientos para la presentación de la Declaración Jurada Anual del Impuesto a la Renta 2014 (va del 24 de marzo al 8 de abril), entrevistamos a Rafael Varena, gerente de Auditoría Tributaria del Grupo Verona, quien nos explica brevemente cómo realizar este trámite.
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1. ¿Quiénes están obligados a declarar? Aquellas personas naturales cuyos ingresos anuales sean mauores a S/. 25 mil, provenientes de las rentas por alquileres (primera categoría), ganancias de valores mobiliarios (segunda categoría), ingresos profesionales obtenidos de manera independiente (cuarta categoría) o ingresos obtenidos por trabajo dependiente sumados a los ingresos generados como independiente.
2. ¿Cómo realizó mi declaración? La declaración solo se hace a través de Internet, utilizando el Formulario Virtual N° 691, que se encuentra disponible en el portal de la Sunat (www.sunat.gob.pe) desde fines de febrero. Puedes acceder a ella con tu clave SOL.
3. ¿Qué se debería tener a la mano para declarar? En el caso de los independientes, es necesario contar con todos los recibos por honorarios emitidos el 2014. Y en el caso de arrendamiento de bienes muebles e inmuebles, se debería tener a la mano el formualario N° 1683 de la Sunat para verificar dichos pagos.