Estas ferias autorizadas están ubicadas en Comas, Los Olivos, San Luis, El Agustino, Villa María del Triunfo, San Juan de Miraflores, Jesús María, San Juan de Lurigancho, Chorrillos, Independencia y Carabayllo.
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Ubicación de las ferias de pirotécnicos
Lima Norte
-Mz A, Lote 17, Urb. Pro, Noveno Sector, II Etapa, en Comas
-Av. Alfredo Mendiola Mz. K, Lote 4-B, Industrial Infantas, I Etapa, 1er Sector, en Los Olivos.
-Parcela B-63, Km 36 de la antigua Panamericana Sur – Lurín, Av. Alfredo Mendiola (cruce de Panamericana Norte con calle Los Andes) en Independencia
-Av. Parque Zonal S/N (Costado del Parque Zonal Manco Cápac) en Carabayllo.
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Lima Este
-Av. José Carlos Mariátegui (entre Vía de Evitamiento y Malecón de la Amistad) – Losa Deportiva de la berma central de la cuadra 22 de la avenida José Carlos Mariátegui (cruce con avenida Ferrocarril), en El Agustino.
-Av. Canto Grande S/N (Paradero 4) – San Juan de Lurigancho
-Explanada del Parque Próceres de la Independencia (Avenida Salaverry cuadra 17) – Jesús María.
-Villa deportiva del Instituto Peruano del Deporte (IPD) (cruce de las avenidas Canadá y San Luis) – San Luis,
Lima Sur
-Campo Deportivo César Vallejo (cruce de las avenidas 26 de Noviembre y Pachacútec) en Villa María del Triunfo.
-Av. Vargas Machuca cuadra 3 – Av. El Triunfo Mz. A, Lote 13, Alipio Ponce. Y Mz. F, Lote 9-B y 8A, Cooperativa Alipio Ponce, en San Juan de Miraflores.
-Parque Alfonso Barrantes Lingán (altura de la cuadra 15 de la avenida San Juan), Parque Los Brillantes (cruce de las avenidas San Juan con Defensores de Lima, Pista Nueva) – San Juan de Miraflores.
-Playa Agua Dulce (Avenida Costa Verde S/N) – Feria 1 y la Playa Agua Dulce (Avenida Costa Verde S/N) – Feria 2, en Chorrillos.
Multa de S/. 7,600 a infractores
La multa será de 7,600 nuevos soles, equivalente a dos Unidades Impositivas Tributarias (UIT) para los vendedores que no cuenten con la autorización de Sucamec ni de los municipios distritales correspondientes para la comercialización de los productos pirotécnicos.
Además de la sanción económica, a los comerciantes infractores se les decomisará la mercadería y será clausurado el establecimiento, de acuerdo a la Ordenanza 984.
La comuna metropolitana en coordinación con la Sucamec verificará que los productos pirotécnicos cuenten con la autorización debida para su comercialización en los distritos autorizados de Lima Metropolitana.