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Sala judicial aclara que proceso contra miembros del Movadef continuará

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En conferencia de prensa, el presidente de esta sala, Víctor Valladolid, negó que hayan emitido pronunciamiento sobre la culpabilidad o inocencia de este grupo de personas, pues solo ordenaron continuar el proceso judicial con mandato de comparecencia.

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“No estamos liberando terroristas a diestra y siniestra, simplemente hemos resuelto la condición en que debe concurrir esas personas en el proceso: en libertad o detenido, nada más. El proceso penal va a seguir (…) y como una medida cautelar se ha dispuesto el impedimento de salida del país”, aclaró.

Falta de pruebas

El magistrado explicó que la sala emitió el polémico fallo al considerar que el Ministerio Público no aportó los suficientes elementos de prueba para vincular a los denunciados con los delitos de terrorismo y financiamiento del terrorismo.

“Las medidas cautelares de orden personal no están sujetas al capricho de los jueces, o al capricho de los ciudadanos, o a la fuerza mediática que pueda haber en un determinado caso (…) sino que se basan en la Constitución y en los presupuestos señalados en la norma procesal penal, y así hemos actuado”, afirmó.

En ese punto, manifestó que todos tienen derecho a criticar las resoluciones judiciales, pero pidió hacerlo con objetividad, luego de leer la sentencia y valorar las razones del colegiado para tomar esa decisión.

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“Lo que si no podemos aceptar es que se utilicen calificativos ya sea para los magistrados o la resolución propiamente dicha; los jueces nos merecemos respeto, y eso implica criticar con objetividad, habiendo leído previamente cuáles son las razones del tribunal para tomar decisión”, afirmó tras rechazar las versiones respeto a que la resolución es proterrorista.

Por su parte, la jueza Olga Inga, integrante de la Sala Penal, explicó que según el artículo 268 del Código Procesal Penal, para ordenar la prisión preventiva de un procesado deben cumplirse tres requisitos, los cuales no se tomaron en cuenta en este caso.

Explicó que la Fiscalía solo ha presentado los testimonios de colaboradores eficaces que vinculan a la cúpula del Movedef con Sendero Luminoso, pero no ha corroborado si estos testimonios efectivamente son verdaderos.

Además, dijo que fueron presentados recortes de periódicos sin ningún valor en las investigaciones.

Asimismo, Valladolid señaló que otro factor a tomar en cuenta para disponer la detención es el peligro procesal, es decir, la posibilidad de que si son dejados en libertad, los acusados pueden fugar u obstaculizar las investigaciones.

Al respecto, citó el caso del abogado Alfredo Crespo, quien ha demostrado arraigo en Lima, pues continuamente es observado en los tribunales defendiendo a procesados por terrorismo.

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