La oficina de derechos humanos de las Naciones Unidas (OHCHR, por sus siglas en inglés) rechazó la publicación del diario Red Pepper al considerar que viola los derechos fundamentales, a la intimidad y a la dignidad de las personas de la comunidad LGBT, y pidió a los medios de comunicación que se abstengan de acciones similares que inciten al odio y violencia.
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El tabloide ugandés Red Pepper publicó el martes una ‘lista negra’ denominada “200 principales homosexuales” del país, luego que el presidente Yoweri Museveni firmase una ley que criminaliza la homosexualidad e imponiendo cadena perpetua a todo aquel que se manifieste como tal.
“La publicación (…) no solo viola el derecho a la intimidad, sino que demuestra el peligro real de la nueva ley (…) animará a los actos de violencia y hostigamiento contra las personas lesbianas, gays, bisexuales y personas transgénero”, dijo un portavoz de la OHCHR.
“Reiteramos que se haga un llamado a las autoridades para que tome acciones de protección contra la discriminación y violencia a personas por su orientación sexual e identidad de género”, continuó.
Por su lado, el secretario general de la Organización de las Naciones Unidas (ONU), Ban Ki-moon, también exhortó al gobierno de Uganda a que revoque la ley.
La legislación considera penas de cárcel para personas que no denuncien ante las autoridades las prácticas homosexuales.
En casi todo el continente africano la homosexualidad es condenada y países musulmanes como Mauritania, Sudán y Somalia prevén la pena de muerte.
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Precisiones de la ley1. Penas. Considera penas de prisión de cinco a siete años por la “promoción de la sexualidad, la tentativa de cometer o ser cómplice de actos homosexuales”. 2. Constitución. La ley recientemente aprobada contradice la Constitución la cual “protege de la discriminación y violencia” a los ciudadanos.3. Marco internacional. La ONU asegura que la ley viola el artículo 2 de la Declaración Universal de Derechos Humanos y en los Tratados Internacionales. Asimismo, el imponer la pena de muerte en razón de la conducta sexual infringe el artículo 3 de la Declaración Universal y el artículo 6 del Pacto Internacional de derechos civiles y políticos.