En el Perú, la edad establecida para jubilarse, tanto en el Sistema Nacional de Pensiones (SNP) como en el Sistema Privado de Pensiones (SPP), es de 65 años. Sin embargo, en ciertos casos, la ley permite el cese laboral antes de llegar a esta edad.
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Para el caso del SNP, administrado por la Oficina de Normalización Previsional (ONP), la jubilación se puede adelantar por el tipo de trabajo, el tiempo de aportación y por desempleo.
Así, están aptos aquellos trabajadores que cumplen labores de alto riesgo (minería, pilotos de aviación, etc.), mujeres a partir de 50 años que hayan aportado un mínimo de 25 años y hombres a partir de los 55 años que hayan aportado al sistema por 30 años. También se considera a quienes han sido despedidos tras haber realizado aportes por 20 años.
En el caso de la SPP, los afiliados pueden acogerse desde el 2009 a un régimen especial (llamado REJA) que les permite adelantar su jubilación solo si realizan labores de alto riesgo o si es que son despedidos. Cabe indicar que este régimen vence el próximo 31 de diciembre. Ahora, el Congreso deberá discutir una iniciativa que busca ampliar por dos años su vigencia (ver recuadro).