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Mypes ya tienen una nueva clasificación

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Una nueva clasificación de las empresas peruanas que toma como referencia el monto de sus ventas anuales -y ya no el número de sus trabajadores- se contempla en la Ley de Impulso al Desarrollo Productivo y al Crecimiento Empresarial, promulgada ayer por el Ejecutivo.

Esta norma forma parte del paquete de medidas para facilitar la inversión, impulsar el desarrollo productivo y el crecimiento empresarial.

Un punto importante es que las microempresas tendrán un plazo de tres años desde su constitución para subsanar infracciones laborales y tributarias sin la aplicación de sanciones.

La norma señala además que las microempresas que superen durante dos años las 150 UIT podrán conservar por un año adicional el régimen especial laboral, mientras que las pequeñas empresas que superen las 1.700 UIT por dos años podrán conservar el mismo régimen durante otros tres años.

También se otorgó una prórroga de tres años para la caducidad del régimen laboral de las microempresas que se constituyeron entre julio del 2003 y setiembre del 2008.

Las empresas y trabajadores que prefieran mantener su régimen laboral especial de modo permanente deberán comunicar su decisión al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo.

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