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La recusación planteada por Podemos en el TC abre una vía para que la reforma impulsada por el Gobierno se apruebe

De abordarse durante el Pleno del próximo lunes provocaría la suspensión del procedimiento sobre el recurso del PP

Archivo - Fachada del Tribunal Constitucional Alejandro Martínez Vélez - Europa Press - Archivo (Alejandro Martínez Vélez - Eur/Europa Press)

MADRID, 16 (EUROPA PRESS)

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Las recusaciones planteadas por Unidas Podemos (UP) contra el presidente del Tribunal Constitucional (TC), Pedro González Trevijano, y el magistrado Antonio Narváez podrían dar lugar a la suspensión del procedimiento que se sigue en estos momentos en el TC por el recurso del PP para frenar la tramitación parlamentaria de la reforma del propio tribunal, por lo que, si se discuten en el Pleno señalado para el próximo lunes, permitirán al Senado aprobar definitivamente la reforma.

UP ha solicitado apartar a González-Trevijano y Narváez alegando que tienen un "interés directo" en que no se renueve el TC porque son los dos magistrados que sustituirán los dos candidatos designados por el Gobierno --el ex ministro de Justicia Juan Carlos Campo y la ex alto cargo de Moncloa Laura Díez-- una vez se consume la reforma ideada por los 'morados' y el PSOE en dos enmiendas incorporadas a la proposición de ley para derogar la sedición.

Según las fuentes jurídicas consultadas por Europa Press, estas recusaciones son la principal baza para impedir que en el Pleno extraordinario fijado para las 10.00 horas del 19 de diciembre la mayoría conservadora del TC --seis de once magistrados-- admita las medidas cautelarísimas reclamadas por el PP en el recurso de amparo que presentó el pasado miércoles contra dichas enmiendas.

Y ello porque, si González-Trevijano y Narváez no se apartan voluntariamente, se abre un incidente de recusación que tiene un efecto suspensivo sobre el conjunto del procedimiento hasta que quede resuelto, para lo cual hay una tramitación concreta que contempla plazos de varios días, un paréntesis durante el cual daría tiempo a que el Senado aprobara en su Pleno del próximo jueves la proposición de ley y sus enmiendas.

No obstante, las fuentes subrayan que, para llegar a ese escenario, es requisito indispensable que la cuestión de las recusaciones se aborde en el cónclave del lunes. Y en el orden del día no figura, ya que solo contempla la avocación a Pleno (para que sean los once magistrados quienes deliberen y voten el conjunto de peticiones aparejadas al recurso del PP), la admisión a trámite del mismo y las medidas cautelarísimas.

Aquí las opiniones difieren. Así, algunas fuentes sostienen que el asunto de las recusaciones debería abordarse inmediatamente después de resolver la admisión del recurso 'popular' y antes de debatir la suspensión cautelarísima, un supuesto que desembocaría en el escenario descrito, donde la Cámara Alta podría sellar la reforma del TC.

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Sin embargo, otras fuentes entienden que el carácter especialmente urgente de las medidas cautelarísimas es razón suficiente para resolverlas antes de discutir las recusaciones formuladas.

A ello añaden que la petición de apartar a González-Trevijano y Narváez se hace en un escrito donde Unidas Podemos solicita personarse --misma petición que ha hecho el PSOE--, por lo que, hasta que el TC resuelva la cuestión de la personación, ninguno de los dos son parte del procedimiento.

EL ORDEN DEL DÍA

En lo que coinciden las fuentes consultadas es en que la ordenación del debate dentro del Pleno compete al presidente del TC, de modo que será quien decida si se altera el orden previsto, algo que habitualmente suele hacerse teniendo en cuenta el sentir mayoritario, si bien éste no es vinculante.

Así las cosas, algunas voces hacen hincapié en que la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional (LOTC) avala la suspensión, total o parcial, de los efectos de las decisiones recurridas "siempre y cuando (...) no ocasione perturbación grave a un interés constitucionalmente protegido, ni a los derechos fundamentales o libertades de otra persona".

A este respecto, recalcan que en sus más de 40 años de historia el TC nunca ha impedido discutir y votar en las Cortes Generales, por lo que sería una medida inédita que --alegan-- sí provocaría una "perturbación grave" por la injerencia en el Poder Legislativo y la afectación a los derechos del resto de diputados y de los ciudadanos a los que representan.

Con todo, las fuentes admiten que la cantidad de factores que podrían acabar influyendo en la decisión final hace difícil prever cuál será, por lo que todo dependerá de cómo discurra el debate entre los magistrados.

Cabe recordar que el Congreso de los Diputados aprobó el jueves la proposición de ley con sus enmiendas después de que el presidente del TC optara por suspender el Pleno extraordinario de ese día y convocar otro para el lunes.

De acuerdo con fuentes de la corte de garantías, lo hizo después de que los cinco magistrados progresistas amenazaran con no deliberar ni votar, si no se les daba más tiempo para estudiar un asunto de gran "complejidad" y "relevancia" que habían conocido apenas 24 horas antes. De haberse marchado, habrían impedido el 'quorum' de al menos 8 magistrados que se exige para que el Pleno quede constituido válidamente.

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