MADRID, 22 (EUROPA PRESS)
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La Audiencia Nacional (AN) ha confirmado la decisión de la jueza María Tardón de archivar la pieza del 'caso PDVSA' en la que se investigaba la presunta comisión de un delito de blanqueo de capitales por parte del exviceministro de Energía Eléctrica venezolano Nervis Villalobos, su mujer Milagros Coromoto Torres y Alfonso Garrido Picón, en relación con el ingreso de unos fondos a favor del matrimonio en la entidad española Banco de Madrid.
En un auto de este mismo martes, al que ha tenido acceso Europa Press, la Sala de lo Penal desestima el recurso de apelación interpuesto por la Fiscalía Anticorrupción, que solicitaba que se continuase la investigación al considerar que sí se daban las "características de opacidad propias del delito de blanqueo de capitales".
La Sala respalda los argumentos de la titular del Juzgado Central de Instrucción Número 3 y asegura que, "a pesar de las diligencias de comprobación practicadas, no han podido extraerse indicios suficientes de posible actividad delictiva de los investigados con visos de constituir un delito de blanqueo de capitales".
Fue el pasado 1 de septiembre cuando la magistrada acordó el sobreseimiento provisional de la investigación. Tanto Villalobos como Torres justificaron los citados fondos con un "contrato de asesoría" de ingeniería firmado por una sociedad controlada por el matrimonio y radicada en Madeira (Portugal) --Kingsway LDA-- con otra entidad afincada en Miami (EEUU) --Miami Export Equipment--, dirigida por Luis Díaz y Luis Javier Díaz, por un importe de casi 10 millones de dólares.
La jueza Tardón analizó las transferencias de fondos entre las empresas controladas por Villalobos y Torres, y contrastó las pesquisas con las declaraciones practicadas y con la documentación aportada por las defensas. Finalmente, concluyó que no cabía excluir que se tratase de una "prestación de servicios realmente realizados y el pago de honorarios derivados de los mismos".
LOS ARGUMENTOS DE LA FISCALÍA
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Para la Fiscalía, por el contrario, había pruebas "relevantes" de que se trataba de "una estructura creada para simular unas operaciones económicas que sustentaran el afloramiento de un dinero obtenido ilícitamente".
Según subrayó Anticorrupción, en la cuenta de Villalobos y Torres en Banco de Madrid "no existen movimientos relativos a prestación de servicios de consultoría a otras sociedades" y "tampoco hay cargos que permitan constatar gastos derivados de trabajos realizados, como viajes, estancias en hoteles, gastos de oficina, etcétera".
"Se dan, por tanto, las siguientes características de opacidad, propias del delito de blanqueo de capitales", defendió el fiscal, que aseguró que el contrato era "solo apariencia" y que no constaba dato, hecho o hito que permitiera "saber qué hizo la empresa Kingsway, Lda para obtener la cantidad pagada".
Con todo, la Sala deja claro en su auto "la existencia de meras conjeturas o sospechas y la carencia de indicios acerca del necesario nexo causal entre la actividad presuntamente delictiva y el bien adquirido con los supuestos rendimientos de aquella presunta actividad".
Es por esos motivos, anudan los magistrados, que "no procede sino desestimar el recurso de apelación formulado, confirmando la resolución recurrida, al no haber podido ser desvirtuada por el Ministerio Fiscal recurrente".