MADRID, 10 (EUROPA PRESS)
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El juez de la Audiencia Nacional (AN) Manuel García Castellón ha reabierto la investigación sobre el secuestro y asesinato de Miguel Ángel Blanco para el ex jefe de ETA Ignacio Miguel Gracia, alias 'Iñaki de Rentería', corrigiendo así su decisión inicial, con la que apreció de oficio que los presuntos delitos habían prescrito para el antiguo etarra, si bien ha rehusado pronunciarse sobre si el conjunto de la causa ha caducado, explicando que no es el momento de aclararlo.
En un auto de este mismo jueves, al que ha tenido acceso Europa Press, el titular del Juzgado Central de Instrucción Número 6 responde a los recursos presentados contra el archivo para 'Iñaki de Rentería', estimando los de la Fiscalía y el Partido Popular (PP) y solo parcialmente el de Dignidad y Justicia (DyJ), precisamente, para no entrar ahora en el debate general sobre la prescripción.
Así, García Castellón accede a enmendar su decisión del pasado 8 de julio, cuando apreció de oficio que los hechos habían prescrito respecto a 'Iñaki de Rentería' al mismo tiempo que citó como imputados a José Javier Arizcuren, 'Kantauri'; Miguel Albisu,'Mikel Antza'; y María Soledad Iparraguirre, 'Anboto', que ya han comparecido como investigados en la Audiencia Nacional, aunque todos se acogieron a su derecho a no declarar.
"No ha lugar a declarar la prescripción de los delitos que se imputan a Ignacio Miguel Gracia", señala García Castellón para matizar en la misma resolución que "no ha lugar a declarar en este momento procesal la imprescriptibilidad de pleno derecho de los hechos investigados", tal y como reclamaba DyJ.
El instructor explica que, en su opinión, "el delito no se encuentra prescrito" pero se muestra consciente de que "existen discrepancias jurídicas en cuanto al cómputo de la prescripción, a su interrupción y a su aplicabilidad a todos y cada uno de los sujetos a quienes se atribuye una participación en los hechos".
"La mera lectura de las distintas posturas al respecto nos aboca a entender que la prescripción del delito, su cómputo y su interrupción son cuestiones controvertidas que han de ser resueltas, llegado el caso, en el juicio oral", apunta.
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García Castellón recalca que "no nos hallamos ante una cuestión diáfana, sino que presenta matices jurídicos de elevada complejidad técnica, por lo que en este momento procesal incipiente, propio de la fase de instrucción en que nos hallamos, no podemos sino reiterar el criterio que se ha establecido en el auto de 8 de julio de 2022".
DA LA RAZÓN A LA FISCALÍA
De esta forma, el magistrado se ha acogido a la tesis planteada por el fiscal Vicente González Mota, que en su recurso expuso que debía revocarse el archivo para De Rentería aduciendo que "acordar la resolución de sobreseimiento, con las consecuencias que lleva aparejadas, equiparables a la de sentencia absolutoria, no es procedente en este momento".
"Asiste la razón al Ministerio Público en sus pedimentos, por cuanto nos hallamos en un procedimiento sumario, en que la declaración de la prescripción con relación a alguno de los sujetos procesados correspondería a la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional", manifiesta García Castellón.
Así, coincide con la Fiscalía en que "la citada prescripción con relación a Gracia Arregui podría conllevar efectos perniciosos en cuanto al desarrollo de la instrucción, toda vez que supondría una suerte de absolución, que produciría efectos propagadores en los demás sujetos querellados".
Además, advierte de que "implicaría cercenar los derechos de defensa que asisten a dicho sujeto, ya que en el informe de la Guardia Civil se le atribuye un destacado papel, como miembro de la comisión ejecutiva de la organización terrorista ETA".
En consecuencia, aclara que "se asumen en esta resolución, de modo pleno, los argumentos mollares en que se fundamenta el recurso de reforma interpuesto por el Ministerio Público: el señor Gracia Arregui aún no ha sido procesado en la presente causa y la prescripción opera respecto a individuos procesados".
Y hace hincapié en que, "en su caso, será la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional quien habrá de declarar si procede o no la apreciación de la prescripción con relación a alguno de los sujetos procesados".
UN DEBATE ABIERTO
Por su parte, el PP puso encima de la mesa las recomendaciones realizadas en marzo por el Parlamento Europeo, que abogan por considerar los crímenes de ETA como contra la Humanidad y, por tanto, imprescriptibles, incluidos los anteriores a 2004.
Y Dignidad y Justicia desplegó su 'doctrina Miguel Ángel Blanco', según la cual la responsabilidad penal por este crimen no se ha extinguido por cuanto la imprescriptibilidad de los delitos de lesa humanidad fijada por el Consejo de Europa es aplicable a los crímenes cometidos por ETA y por otros grupos terroristas a partir del 24 de diciembre de 1990, un total de 430 asesinatos, entre ellos el del dirigente 'popular'.
La cuestión de la prescripción es uno de los debates jurídicos suscitados a raíz de la reapertura de las investigaciones penales por este crimen. La postura tradicional de la Fiscalía de la Audiencia Nacional considera interrumpido el plazo de prescripción con la imputación, lo que supondría dar por caducados los delitos para todos los ex jefes de ETA señalados menos 'Kantauri'.
Según pudo saber Europa Press, González Mota planteó en su momento una vía intermedia, a medio camino entre la de la Fiscalía y la de DyJ, que suponía entender interrumpido el plazo con la detención, lo que permitiría mantener vivas estas pesquisas para el resto de ex jefes de ETA, pero la diferencia de opiniones entre este fiscal y sus demás colegas condujo a que pidiera ser relevado de esta causa.
El fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, anunció durante su comparecencia en el Congreso de los Diputados que elevaría el debate a la Junta de Fiscales de Sala para que fijaran posición. Sin embargo, en la primera celebrada desde entonces, el pasado octubre, no pudo abordarse porque aún no se cuenta con toda la documentación necesaria para pronunciarse al respecto, parte de la cual debe enviar Francia, según las fuentes fiscales consultadas por esta agencia de noticias.
TRAS LA CÚPULA ETARRA
García Castellón reabrió la causa en marzo tras admitir una querella de la asociación de víctimas que busca condenar también a quienes formaban el comité ejecutivo de ETA o zuba cuando se cometió el crimen.
Por encargo del instructor, la Guardia Civil ya ha emitido un informe en el que responsabiliza a los ex jefes de ETA de la muerte del joven concejal del PP en Ermua porque considera que una orden suya podría haberlo evitado.
Cabe recordar que, en el caso del asesinato de Blanco, la Sección Primera de lo Penal de la Audiencia Nacional ya condenó en 2006 a 50 años de cárcel al exdirigente etarra Francisco Javier García Gaztelu, 'Txapote', y a su compañera sentimental y miembro de ETA Irantzu Gallastegui Sodupe, 'Amaia', como autores materiales.
En su sentencia, el tribunal aseguraba que ambos "planificaron y ejecutaron el secuestro y posterior asesinato de Miguel Ángel Blanco, siguiendo las directrices de la cúpula de la organización terrorista ETA, que tenía entre sus objetivos más inmediatos el secuestro de un concejal del PP para exigir a cambio de su liberación el acercamiento de los presos de la banda a cárceles del País Vasco".