Los ex empleados que hayan sido reubicados en su empresa y se encuentren inscritos en el Registro Nacional de Trabajadores Cesados Irregularmente podrán optar por una compensación económica de hasta 30 sueldos mínimos; es decir, S/ 27,900 calculado bajo la cifra actual.
El Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) aprobó la medida vía Decreto Supremo Nº 010-2019-TR, publicado hoy en el Diario Oficial El Peruano.
Si bien ya existía la compensación económica para quienes hayan sido despedidos bajo una excusa cuestionable, la norma ahora incluye a quienes hayan optado por la reincorporación laboral y no hayan accedido a este bono.
La base de cálculo es la remuneración mínima vital (RMV) vigente, actualmente S/ 930. Cada trabajador podrá recibir dos sueldos mínimos por cada año acreditado de trabajo en la empresa, hasta un máximo de 15 años.
Dentro de cinco días hábiles, el **MTPE **publicará mediante resolución ministerial el formato de solicitud para acceder a esta compensación extraordinaria.
Desde entonces, y por un plazo de 30 días hábiles, los ex trabajadores deberán presentar el formulario hacia el MTPE. En 30 días hábiles adicionales, el sector publicará el listado de ciudadanos que recibirán la compensación.
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