Actualidad

Utilidades 2020: cuánto, cuándo y a quiénes le corresponde

Todos los trabajadores del sector privado que estén en planilla y laboren una jornada completa tienen derecho a participar en las utilidades.

Todas las empresas que desarrollen actividades generadoras de rentas de tercera categoría y que cuenten con más de 20 trabajadores sujetos al régimen laboral de la actividad privada tienen la obligación de pagar utilidades a sus trabajadores. El monto a distribuir se calculará de la siguiente manera: 50 % por los días efectivamente laborados por cada trabajador y el otro 50 % por las remuneraciones percibidas por cada uno.

PUBLICIDAD

‘Así pues, el 50 % de las utilidades que correspondan ser distribuidas entre los trabajadores, se deberá dividir entre la suma total de los días efectivamente laborados y el resultado se multiplicará por el número de días laborados por cada trabajador durante el año 2019. El otro 50%, se dividirá entre la suma total de las remuneraciones percibidas por todos los trabajadores y el resultado obtenido se deberá multiplicar por el total que corresponda a cada trabajador en el ejercicio. Cabe resaltar que el tope máximo que podría recibir cada trabajador por concepto de utilidades equivale a 18 remuneraciones mensuales vigentes al cierre del ejercicio 2019’, indicó Cristina Oviedo, laboralista del estudio Payet.

TRABAJADORES QUE LA RECIBIRÁN

Todos los trabajadores del sector privado que estén en planilla y laboren una jornada completa tienen derecho a participar en las utilidades, sea que estén contratados a plazo indefinido o sujetos a cualquiera de las modalidades temporales. Aquellos trabajadores con jornada inferior a la máxima establecida en la empresa, la recibirán en forma proporcional al tiempo trabajado.

PLAZO PARA DEPOSITARLA Y SANCIONES

Cristina Oviedo indicó que las empresas privadas tienen entre el 24 de abril y el 8 de mayo de 2020, según el plazo que les corresponda para la presentación de la Declaración Jurada Anual del Impuesto a la Rentas, para efectuar el pago. De lo contrario, los trabajadores podrán presentar una denuncia laboral ante SUNAFIL; siendo además probable que SUNAFIL inicie inspecciones laborales de oficio para verificar el pago de dicho beneficio.

De no pagar de forma completa y oportuna, las empresas estarían incurriendo en una infracción grave que puede ser sancionada hasta con 26.12 UIT (S/ 112,316.00). Asimismo, el incumplimiento de la obligación formal asociada a la entrega de la hoja de liquidación de la participación en las utilidades, con los requisitos previstos en la legislación laboral, se considera una infracción leve que puede ser sancionada hasta con 15.52 UIT (S/ 66,736.00).

PUBLICIDAD

CASO: EXTRABAJADORES DE LA EMPRESA

También tienen derecho al beneficio los trabajadores que hubiesen cesado antes de la fecha en la que corresponde la distribución de las utilidades. Cuentan con el plazo de 4 años para cobrar este beneficio, el cual debe computarse desde el momento en el que debió efectuarse la distribución. Vencido dicho plazo, la participación no cobrada se deberá agregar al monto a distribuir por concepto de participación en las utilidades del ejercicio en el que venza dicho plazo.

CASO MYPES

Tanto las micro como las pequeñas empresas (Mypes) tendrán la obligación de pagar a sus trabajadores la participación en las utilidades, siempre que hayan generado rentas de tercera categoría durante el ejercicio 2019 y que cuenten con más de 20 trabajadores. La laboralista señala que ‘hoy en día las mypes se categorizan como tales sólo en función de su nivel de ventas anuales, con prescindencia del número de trabajadores que tengan registrados. Por lo cual, si una Mype cuenta con más de 20 trabajadores y ha generado utilidad durante el 2019, estará obligada al reparto según el tipo de actividad que realice‘.

INDUSTRIAS QUE GENERAN MÁS UTILIDADES A SUS TRABAJADORES

La participación en las utilidades dependerá de la actividad que realice el empleador, como se muestra a continuación:

· Empresas Pesqueras 10%

· Empresas de Telecomunicaciones 10%

· Empresas Industriales 10%

· Empresas Mineras 8%

· Empresas de Comercio al por mayor y al por menor y Restaurantes 8%

· Empresas que realizan otras actividades 5%

Los porcentajes se deben calcular sobre la renta imponible del ejercicio gravable que resulte después de haber compensado pérdidas de ejercicios anteriores.

QUÉ TIPO DE AUSENCIAS LABORALES SE CONSIDERARÁN EN EL PAGO

Se entenderá por días laborados, a aquellos en los cuales el trabajador cumpla efectivamente la jornada ordinaria de la empresa, así como: las ausencias que deben ser consideradas como asistencias para todo efecto, por mandato legal expreso; los días de descanso prenatal y postnatal de la trabajadora; y los días de descanso médico por accidente de trabajo o enfermedad ocupacional, debidamente acreditado, al amparo y bajo los parámetros de la norma de seguridad y salud en el trabajo.

Sin embargo, debe tenerse en cuenta que si bien los días de licencia, por maternidad e incapacidad derivada de accidente laboral o enfermedad ocupacional, serán computables para el beneficio, no se considerarán los subsidios de EsSalud que se otorguen por dichas licencias‘, agregó Oviedo.

Adicionalmente, se debe tener presente que mediante el Decreto de Urgencia 44-2019, se ha establecido que los días de suspensión del vínculo laboral del personal involucrado en dicha medida deben ser considerados para todo efecto legal como días efectivamente laborados; por lo tanto, deberán ser computados como días trabajados también para el reparto de utilidades.

Asimismo, el DU ha establecido que el incumplimiento de la normativa en materia de seguridad y salud en el trabajo imputable al empleador que produzca la muerte como resultado de un accidente de trabajo, así como la obstrucción a la labor de la Inspección de Trabajo para su investigación, son sancionables con multa administrativa y el cierre temporal del área de la unidad económica o de la unidad económica hasta por 30 días calendario; disponiendo además que tales días de suspensión del vínculo laboral también deberán ser considerados para todo efecto legal como días efectivamente laborados. Por lo tanto, tales días también deberán ser computados para el cálculo de utilidades.

LEE TAMBIÉN

Lima inaugura tramo de la Costa Verde que conecta con el Callao

‘Stupid Love’: el nuevo videoclip de Lady Gaga que fue grabado con un iPhone 11 pro

¿Qué razas de perros son más propensos a morder y cómo evitarlo?

Europa League 2020: así quedaron las llaves de octavos de final

Liebres son captadas peleando al estilo ‘Mortal Kombat’

PUBLICIDAD

Tags

Lo Último