Este miércoles, fue publicada en el diario El Peruano la ley que otorga por única vez beneficios póstumos a los héroes del Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú, y dispone otorgar 202,500 soles (50 UIT) y una pensión a favor de sus deudos.
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La norma tiene por finalidad otorgar por única vez beneficios póstumos a los bomberos fallecidos en actos de servicio, que a la fecha hayan sido declarados héroes y que no hubieran percibido algún beneficio económico por parte del Estado.
Según esta ley, el Ministerio del Interior fue autorizado a otorgar por única vez el monto equivalente a 50 Unidades Impositivas Tributarias (UIT) y una pensión a favor de los hijos menores de edad de los bomberos héroes, y a los mayores de edad con incapacidad permanente.
Dicho beneficio también se otorgará a los hijos mayores de edad que estén cursando estudios superiores de manera satisfactoria y/o a la cónyuge o integrante sobreviviente de la unión de hecho declarada conforme a ley.
Se dará a los ascendientes de los bomberos que hayan sido declarados héroes del Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú a la fecha de la entrada en vigencia de la presente ley.
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