Aquellas personas que consideren que fueron inscritas ante el Registro Civil con nombres ofensivos o sarcásticos, o que sean homónimos de requisitoriados, pueden cambiarlos cumpliendo un trámite judicial.
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Se trata de un procedimiento que debe plantearse ante un juez especializado en lo civil o mixto y sustentarse en motivos justificados.
Quien opte por un cambio de nombre, prenombre o nombre de pila o por agregar uno a su identidad debe presentar una demanda con su firma y la del abogado que lo representará en el proceso.
Tal demanda debe ir acompañada por una copia simple del Documento Nacional de Identidad (DNI), partida de nacimiento y cualquier documento que acredite el motivo justificado para el cambio o adición de nombre.
Asimismo, el interesado debe adjuntar sus certificados de antecedentes penales, antecedentes policiales y antecedentes judiciales; así como la tasa judicial por ofrecimiento de pruebas y cédulas de notificación suficientes. Estas dos últimas se abonan en el Banco de la Nación.
Pasos
1. Una vez conseguidos todos estos documentos, el interesado debe dar el primer paso, que es la presentación de la demanda.
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2. Lo siguiente que debe hacer es publicar los edictos respectivos en el Diario Oficial El Peruano y en otro diario de circulación nacional.
3. Cuando se concluyan estos pasos, se dará lugar a la audiencia de actuación y a la declaración judicial correspondiente al proceso, luego de lo cual se esperará la sentencia del juez encargado del caso.
4. La decisión judicial será comunicada, de ser favorable al solicitante, al Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec) para el cambio o adición de nombre aprobado.
Cambio de nombre y sexo en DNI son solo por mandato judicial
Los datos referidos al nombre y al sexo de una persona en el Documento Nacional de Identidad (DNI) pueden variar únicamente como consecuencia de la ejecución de una sentencia emitida por la justicia peruana. En todos los casos, el Reniec acatará las decisiones judiciales.
La información incluida en el DNI es tomada de la partida de nacimiento y, cuando esta presenta una rectificación en lo que concierne a nombre y sexo, debe haber sido dispuesta por el mandato de un juez.
El Reniec ha modificado anteriormente el nombre y el sexo que figuraban en el DNI de ciudadanos peruanos, como Néstor Harry Cárdenas Calderón y Sergio Vinicio Cava Goicochea -que pasaron a llamarse Naaminn y Fiorella, respectivamente-, después de que culminaran procesos judiciales promovidos por los interesados.
Reniec recordó el artículo 29 del Código Civil, que a la letra dice “nadie puede cambiar su nombre ni hacerle adiciones, salvo por motivos justificados y mediante autorización judicial, debidamente publicada e inscrita’.
¿Cómo hacer una rectificación de nombres, apellidos, fecha o lugar de nacimiento?
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Con información de la Agencia Andina
RENIEC: peruanos tienen nombres como Navidad, Trineo, Niño y Reno
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