El Ejecutivo publicó hoy el Decreto Supremo que declara los días no laborables compensables para trabajadores del sector público durante el 2017, al cual también podrá acogerse el sector privado.
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Estos días no laborables, sumados a los feriados ordinarios, crean fines de semana largos propicios para la práctica de turismo interno, destaca la norma que aparece hoy en la separata de Normas Legales del diario El Peruano.
El viernes 30 de junio será el primer día no laborable del año, el cual, al juntarse con el jueves 29 (feriado calendario, Día de San Pedro y San Pablo) y el sábado 1 y domingo 2 de julio, constituirán un fin de semana largo.
El segundo día no laborable es el jueves 27 de julio, el cual se sumará al viernes 28 (Fiestas Patrias) y el sábado 29 y domingo 30 del mismo mes.
Finalmente, el último día no laborable será el martes 2 de enero del 2018, que permitirá tener nuevamente un fin de semana largo a fin de año.
El Decreto Supremo 001-2017-PCM precisa que las horas dejadas de trabajar en los días no laborables serán compensadas en la semana posterior o en la oportunidad que establezca el titular de cada entidad pública, en función a sus propias necesidades.
No obstante, se adoptarán las medidas necesarias para garantizar la provisión de aquellos servicios que sean indispensables para la sociedad durante los días no laborables señalados.
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Los centros de trabajo del sector privado podrán acogerse a lo dispuesto, previo acuerdo entre el empleador y sus trabajadores, quienes deberán establecer la forma como se hará efectiva la recuperación de las horas dejadas de laborar.
La norma lleva las firmas del presidente Pedro Pablo Kuczynski; el premier Fernando Zavala; y los titulares de Comercio Exterior y Turismo, Eduardo Ferreyros, y de Trabajo, Alfonso Grados.
Tras la decisión del Ejecutivo, la lista de los feriados del año 2017 queda así:
Enero
Enero-1 Domingo: Año Nuevo
Febrero
Marzo
Abril
Abril-13: Jueves Santo (Semana Santa)
Abril-14: Viernes Santo (Semana Santa)
Abril-16: Domingo de Resurrección (Semana Santa)
Mayo
Mayo-1 Lunes: Día del Trabajo
Junio
Junio-29 Jueves: Festividad de San Pedro y San Pablo
Junio-30 Viernes: Día No Laborable decretado por el gobierno
Julio
Julio-27 Jueves: Día No Laborable decretado por el gobierno
Julio-28 Viernes: Fiestas Patrias
Julio-29 Sábado: Fiestas Patrias
Agosto
Agosto-30 Miércoles: Festividad de Santa Rosa de Lima
Septiembre
Octubre
Octubre-8 Domingo: Combate de Angamos.
Noviembre
Noviembre-1 Miércoles: Día de Todos los Santos
Diciembre
Diciembre-8 Viernes: Día de la Inmaculada Concepción
Diciembre-25 Lunes: Navidad
Enero 2018
Enero-1 Lunes: Año Nuevo
Enero-2 Martes: Día No Laborable decretado por el gobierno
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