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Bomberos tendrán pensión de gracia por fallecimiento o incapacidad permanente

Los miembros del Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú (CGBVP), o sus herederos, tendrán una pensión de gracia excepcional y temporal en caso de incapacidad permanente o fallecimiento, el cual será otorgada por el Ministerio del Interior.

Este es uno de los beneficios que contempla para los hombres de rojo el Decreto Legislativo 1260, que fortalece el CGBVP como parte del sistema nacional de seguridad ciudadana y regula la intendencia nacional de bomberos del Perú.

La norma, publicada hoy en Normas Legales del diario El Peruano, menciona que los bomberos y sus hijos serán considerados para el Programa Nacional de Becas y Crédito Educativo y tendrán un puntaje adicional para la asignación de becas, siempre que cumplan con los requisitos.

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Otros beneficios son: subvención única con cargo al Fondo de Invalidez y Protección de los Bomberos Voluntarios el Perú, pase libre en vehículos de transporte público, derecho a recibir prestaciones asistenciales u hospitalización hasta su total recuperación en EsSalud sin costo alguno, así como su incorporación al Seguro Integral de Salud (SIS).

El decreto lleva las firmas del presidente Pedro Pablo Kuczynski, del premier Fernando Zavala y el ministro del Interior, Carlos Basombrío.

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