El pasado miércoles la Corte Suprema emitió la sentencia laboral 489-2015 que permite la reducción de sueldos de trabajadores con o sin su consentimiento. El fallo ha causado controversia en la opinión pública pues ha sido tildado de “injusto”.
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La Corte Suprema ha emitido, por primera vez, un fallo a favor de la empresa peruana Red Star del Perú S.A, acusada de reducir la remuneración del trabajador Daniel Yndigoyen Herrera de S/12.400 a S/10.540 sin su consentimiento. La empresa ha señalado que esta remuneración se dio del 2012 al 2014 debido a problemas económicos de la compañía. El trabajador, por su parte, recién denunció el hecho a puertas de su retiro.
“Recién el demandante reclamó la supuesta disminución de su remuneración luego que la demandada curso la carta de cese por límite de edad de fecha 12 de setiembre de 2012, por lo que resulta verosimil la versión de la demandada en el sentido que el actor conjuntamente con otros ejecutivos decidideron por voluntad propia disminuir su remuneracion”, indica el veredicto final.
La Corte aprobó la reducción unilateral debido a la existencia de un problema económico de dicha compañía en este caso. Asimismo, la entidad señaló que este tipo de casos podrían tomar dos caminos: una decisión consensuada con el trabajador o una unilateral. En el primer caso, esta solo se daría si es que el nuevo sueldo no es menor a la remuneración mínima vital (S/850), si el recorte de sueldo es justificado y si el acuerdo se ha dado sin intimidación o coacción. Se trataría de la antigua pero vigente Ley 9463. Aquí no hay nada nuevo.
En la segunda opción, sin embargo, llega la novedad. En esta se podría reducir el sueldo de un trabajador sin su consentimiento, justificando que la empresa atraviesa una crisis económica o una reorganización de personal.
Tras la última medida, ciudadanos han expresado su disconformidad con el fallo e, incluso, han iniciado grupos en Facebook para convocar una marcha este viernes. Por su parte, la Corte Suprema ha señalado que la medida no se incluirá para todas las empresas ni a todos los casos.