El Serenazgo pueden realizar “arresto ciudadano” o retención de delincuentes o personas que atentan contra el orden público, pero no detener como lo hace la Policía ni portar armas no letales porque la ley no lo permite, indicó hoy el ministro del Interior, José Pérez Guadalupe .
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Sin embargo, consideró comprensible la propuesta de Luis Castañeda Lossio , ante los lamentables hechos delictivos registrados en Lima. Aunque precisó que la legislación actual no faculta a los serenos a portar armas no letales ni a realizar arrestos, pues como suscribe la Constitución y otras normas, estas atribuciones son exclusivas de la Policía Nacional.
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Además, recordó que el arresto ciudadano, es la facultad que tiene cualquier persona que ha sido testigo o víctima de cualquier delito de detener e intervenir al agresor para inmediatamente ponerlo a disposición de la policía.
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En tanto, Pérez Guadalupe recomendó que, una vez se haya detenido a un delincuente, se debe inmovilizar y ponerlo ‘de inmediato’ a disposición de la policía.
No obstante, aclaró que propuestas como la de Castañeda no son nuevas y pueden ser analizadas para ver en qué medida pueden aplicarse para reforzar el trabajo de la PNP.