El pleno del Congreso debatirá hoy la nueva Ley Universitaria, que plantea una reforma sustancial en el sistema educativo superior. Sin embargo, algunos de sus puntos, como el de la creación de una superintendencia (Sunau) que dependa del Ministerio de Educación, han generado controversia.
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1. Creación de la Sunau La entidad que supervisará la calidad de la educación y será la encargada de autorizar o denegar la creación de nuevas sedes educativas en el país será la Sunau. Esta identidad estará adscrita al Ministerio de Educación.
Según el proyecto este consejo tendrá nueve integrantes, todos con grado de doctor: dos de la universidad pública, dos de las privadas, uno del Concytec, uno del sector empresarial (un punto polémico del proyecto), uno del Ministerio de Educación, uno del Ceplan y uno de los colegios profesionales.
Asimismo, la Federación Nacional de Docentes Universitarios y la Federación de Estudiantes (FEP) asegura que las competencias del Sunau viola el artículo 18 de la Constitución, que dispone que cada centro se rige por sus estatutos.
2. Autorización La nueva ley asegura que para constituir una universidad, pública o privada, se requiere la opinión favorable de la Sunau. Además, debe contar con al menos dos facultades y las carreras deben satisfacer las demandas. Es así que el artículo 11 señala que deberán “demostrar la demanda cuantitativa y cualitativa de las carreras propuestas en su ámbito de acción” y que el 30% de los docentes tenga el grado de doctor.
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Otro punto crítico es el tema de la “filial” que afecta directamente a universidades como la UPC, ESAN y la Universidad del Pacífico, las cuales buscan lleva su oferta académica fuera de Lima. Según Mora, el presidente de la Comisión de Educación, el Sunau verá en su momento volverlas a autorizar.
3. Currícula y Tesis En el artículo 35 señala que cada universidad determina el diseño curricular de cada especialidad, la cual deberá actualizarse cada tres años, o cuando sea conveniente. A esto se suma lo que indica el artículo 36, la cual indica que los estudios generales deberán ser obligatorios y deberán durar como mínimo dos semestres académicos.
Un punto que también ha despertado polémica es el grado de bachiller, el cual dejará de ser automático. El artículo 40 obliga a que los alumnos presenten tesis y tengan dominio de un idioma extranjero para obtener el grado. Asimismo, para obtener la licenciatura requerirán un trabajo de suficiencia profesional.
4. Más investigación Se acordó que las universidades públicas destinarán para la investigación, como mínimo, un 10% de sus recursos autogenerados y no menos del 15% del presupuesto estatal, además del canon. En el caso de las privadas, destinarán no menos de un 15% de su presupuesto, porcentaje que debe incrementarse hasta un 25% en diez años.
5. Transparencia Las universidades privadas y públicas deben publicar, en forma permanente y actualizada, información en sus portales eléctrónicos [páginas web] respecto a inversiones, reinversiones, donaciones, obras de infraestructura, entre otros.
Así como la relación de pagos exigidos a los alumnos por toda índole, la conformación del cuerpo docente, indicando clase, categoría y hoja de vida [Curriculum vitae]. También las remuneraciones que se pagan a los autoridades y docentes en cada categoría.