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1. ¿Cómo se elegirá a los reclutas? El artículo 53 de la ley establece que ‘en caso de que con el llamamiento extraordinario no se logre alcanzar el número de seleccionados voluntarios necesarios para el Servicio Militar Acuartelado, la dependencia de Reserva y Movilización de cada institución armada realizará un sorteo público a nivel nacional, con presencia de un notario’. Un programa informático con sistema aleatorio será el encargado de la elección de un titular y dos suplentes para cada plaza que falte cubrir.
2. ¿Cuánto tiempo dura el servicio militar? De acuerdo con el artículo 50, ‘el Servicio Militar en el Activo tiene una duración mínima de 12 meses y máxima de 24 meses’. Después, los reclutas serán licenciados, y quedarán en la reserva de las Fuerzas Armadas.
3. ¿Quiénes quedarán exonerados? La ley refiere que varones y mujeres ‘sin discriminación alguna, a partir de los 18 años’ podrían ser seleccionados. Las únicas excepciones, según el artículo 41, son: discapacidad física o mental grave o permanente (acreditada por el Ministerio de Salud o el Conadis); cumplir una condena judicial; ser cabezas de familia (acreditado con documentos como el DNI del hijo o hijos, partida de matrimonio, entre otros); estar cursando estudios universitarios (respaldado con constancia de ingreso o de estudios, copia del carné universitario, etc.); si se presta servicio social voluntario a la comunidad; o si se reside en el extranjero. ‘¿Cómo sustentará un ambulante, que no tributa, ser cabeza de familia?’, se pregunta Roberto Chiabra, ex ministro de Defensa.
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*4. ¿Qué beneficios hay para quien cumple el servicio? Todo recluta tiene derecho a una asignación económica mensual de 350 soles. Además, recibirá educación técnico- productiva o educación superior. Como beneficios posteriores, tendrá descuentos de hasta 50% para estudiar en instituciones superiores públicas y privadas, así como para asistir a eventos deportivos y culturales organizados por el Estado. También tendrá acceso a una línea especial de crédito en el Banco de la Nación.
5. ¿Qué pasa si no se cumple con el servicio? Según el artículo 137 de la ley, aquellos que habiendo sido elegidos en el sorteo público no se presenten a las Fuerzas Armadas serán ‘sancionados con una multa del 50% de una UIT (1.850 soles)’. En caso no se cancele esta suma, se aplicará la suspensión de los efectos legales del DNI en los 90 días siguientes al sorteo.