“Lo que buscamos con esta ley es la paz para Camila y de toda nuestra familia que vive en un estado de muerte permanente. Es muy doloroso”, dijo Selva Herbon, madre de la pequeña Camila, luego de la aprobación de la norma.
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La nueva norma no autoriza la eutanasia (muerte inducida), sino que le otorga a los pacientes con cuadros terminales e irreversibles el derecho a rechazar procedimientos para prolongarle la vida que le produzcan sufrimientos.
Herbon, una docente de 38 años y madre de otra niña de 10 años, aseguró que “toda la familia trata de seguir con su vida, pero es difícil cuando se está en un proceso de duelo. No es lo mismo cuando tenés a un familiar descansando en paz”.
El proyecto fue sancionado con 54 votos favorables y ninguno en contra en el Senado, luego de recoger 142 votos positivos y seis negativos en noviembre pasado en Diputados.
La iniciativa en realidad modifica siete artículos de la ley N° 26.529, de Derechos del Paciente y su Relación con los Profesionales e Instituciones de la Salud, aprobada en 2009.
Una vez promulgada, el enfermo terminal tendrá el derecho de rechazar tratamientos, como hidratación, alimentación y reanimación artificial, al tiempo que el profesional médico no será penado por cumplir con esa voluntad.
En caso de que el enfermo esté inconsciente, la norma autoriza a los familiares más cercanos o representantes legales a tomar la decisión.
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Susana Bustamante fue otra incansable luchadora por la sanción de la ley, luego de que viviera una terrible experiencia con su hija adolescente.
“Melina estaba en estado terminal, irreversible e irrecuperable. Ella le pedía a los médicos que la durmieran para no sufrir más porque no soportaba vivir una agonía en ese estado”, recordó el miércoles Bustamante.
“Vivió un calvario, pero finalmente pudo descansar. Ella pedía la humanización de la medicina”, explicó la mujer y enfatizó que “una cosa es vivir y otra es durar. La muerte debe ser un hecho natural, no es una mala palabra”.
La norma también contempla que el paciente puede hacer una declaración jurada con las llamadas ‘directivas médicas anticipadas’ en las que consiente o rechaza determinados tratamientos médicos para mantenerlo con vida.
“Es una especie de testamento que se pone en práctica una vez que el paciente no puede comunicarse o sufre una pérdida irreversible de conciencia”, explicó Rosina Pace, cirujana y miembro del Centro de Bioética del Hospital Italiano (privado).
El Centro de Bioética, Persona y Familia, cercano a la Iglesia Católica, mayoritaria en Argentina, advirtió sobre algunos aspectos de la norma.
“No matar: se trata del respeto a la inviolabilidad de la vida humana y que prohíbe toda acción dirigida a quitar deliberadamente la vida de otra persona, ya sea por acción u omisión”, sostuvo el doctor Nicolás Lafferriere, director del Centro y asesor de los obispos.
Sobre el punto, el experto admitió la “licitud de renunciar a ciertos tratamientos desproporcionados con las perspectivas de curación, en casos que la muerte sea inminente e irreversible”, pero insistió en “la obligación de proveer siempre (y jamás suspender) la alimentación y la hidratación”.
Holanda y Bélgica fueron los primeros países del mundo a legalizar la eutanasia en 2002, y desde entonces es practicado a más de 4.000 pacientes a cada año, principalmente en casos de cáncer y enfermos de Alzheimer en estado avanzado.